FUENTE: REPORTE INDIGO.
AUTOR: ADRIÁN RUIZ DÍAZ.
Bernardo Quezada, líder de la Federación de Sindicatos de Servidores Públicos, anuncia que presentarán un documento a los legisladores para modificar algunos artículos.
La premura por los tiempos legislativos o la agenda política, propiciaron que la reforma laboral propuesta por el presidente Enrique Peña Nieto presente algunas lagunas en su contenido.
Esos huecos provocaron que muchos de los lineamientos establecidos en la legislación hayan excluido a los trabajadores al servicio del Estado (burócratas y servidores públicos) que forman parte del Apartado B.
Tan es así, expone Bernardo Quezada Salas, que en la legislación se establece una tabla para dictaminar cuándo un trabajador está enfermo y saber cómo se le va a retribuir, “esa tabla no aparece para los trabajadores del Apartado B”.
El líder de la Federación Democrática de Sindicatos de Servidores Públicos (FEDESSP) advierte a Reporte Indigo que este sector laboral también fue excluido de los establecido en la legislación para el contrato por horas.
Incluso, las modificaciones cuando hay un conflicto laboral y que ahora especifica un lapso de 12 meses para el pago de salarios caídos, tampoco se hizo extensivo para este sector, solo aparece en el Apartado A (los que cotizan en el IMSS), expone Quezada Salas.
Es por esa y otras razones que el representante de 45 organizaciones laborales advierte que la reforma laboral perjudica a los trabajadores al servicio del Estado.
Ahora se quiere cubrir con la supletoriedad, es decir, remitir al trabajador del Apartado B a lo establecido en la ley para los trabajadores del Apartado A, porque la reforma laboral no contempló a ambos sectores, explica el dirigente de la Fedessp.
Es por ello que la Federación, junto con el SNTE, uno de sus agremiados, “han presentado ya más de un millón de amparos en contra de la reforma laboral”.
Esta preocupación supletoria la expondrán para solicitar a los legisladores, una vez que regresen a la Cámara de Diputados, modificaciones a la reforma laboral “que perjudica a los trabajadores”.
El representante de un millón 400 mil trabajadores aclara que no están desvirtuando la posibilidad de que los trabajadores tengan un mecanismo de defensa.
Por lo pronto, preparan ya un documento para presentarlo a los legisladores que analizará también la situación de los empleados removidos hacia otras instituciones que se fusionan o desaparecen, a fin de garantizar que se salvaguarden sus derechos.
Todo el apoyo al SNTE
La Federación apoyará al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) quienes iniciarán una estrategia para solicitar modificaciones a la Reforma Educativa.
La razón, explica, “la famosa palabra de permanencia que deja a muchos obreros en estado de indefensión y que queda plasmada en el Artículo Tercero de la Constitución”.
“Si esta palabra no apareciera en ese artículo y formara parte de cualquier ley o reglamento, no habría ningún problema”
Al estar en la Carta Magna, explica, ningún trabajador se puede amparar, ya no hay manera de decir no estoy de acuerdo.
El problema no es que el SNTE esté en contra de la transformación, la evaluación, la creación del instituto, sino de que no exista la garantía laboral, agrega Quezada.
“Un maestro como cualquier otro profesionista al que le hayas dado licencia para ejercer y después, a través de un Instituto de Evaluación, le digas que está despedido, lo dejas en la indefensión”.
Cómo le exiges si no le has dado las herramientas de capacitación. Esto se plasma en la Constitución “y es lo que nos preocupa”.
Por lo pronto, la Federación espera las acciones que implemente el SNTE, que serán respaldadas y a las cuales se sumarán un millón 400 mil agremiados. Al preguntarle si en esta estrategia habrá marchas, paros o plantones: “tendremos que caminar hacia donde nos obligue la circunstancia”.
El SNTE, a diferencia de la CNTE, hace sus movilizaciones el fin de semana para no paralizar su responsabilidad laboral.
Hora por hora, y contando
Las modificaciones al Artículo 83 establecen que:
> El ingreso que perciba el trabajador de ninguna manera podrá ser inferior al correspondiente a una jornada diaria.
> El mínimo a pagar en una jornada, cuando se contrate por hora, será el salario de una jornada diaria, independientemente de las horas trabajadas sin exceder los máximos legales.
> La contratación por un período de prueba, ya sea por capacitación inicial y/o por temporada, faculta al patrón a terminar el contrato sin responsabilidad para la empresa
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