FUENTE: PROCESO.
El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (Ifai) ordenó a la Procuraduría General de la República (PGR) entregar información sobre los ejidos, áreas comunales y poblaciones rurales en donde se destruyeron plantíos de narcóticos durante el sexenio de Felipe Calderón.
La PGR había reservado los nombres de ejidos, áreas comunales y poblaciones rurales con plantíos de narcóticos y se limitó a proporcionar la relación de Destrucción de Plantíos de Narcóticos, por cada delegación de la PGR, en las 31 entidades federativas y el Distrito Federal, desglosado por año, de 2006 a 2012.Fundamentó su respuesta en el artículo 14 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG) que estipula los casos en que se puede reservar la información.
En respuesta, la ponencia del comisionado Gerardo Laveaga, ordenó revocar la restricción de la información, al considerar que su publicación no pone en riesgo la actuación del Ministerio Público en las investigaciones.
Un particular solicitó a la PGR un desglose del número de plantíos de narcóticos destruidos por autoridades federales entre 2006 y 2012 especificando año, mes, estado y municipio.
También una relación de los núcleos agrarios en los que se detectaron y destruyeron plantíos de narcóticos entre 2006 y 2012 en la que se especificara nombre del ejido, área comunal donde se destruyeron plantíos, el tipo de enervante cultivado, número de personas detenidas y el municipio y entidad federativa.
El solicitante pidió también detallar el nombre de cada población rural donde se destruyeron plantíos de narcóticos en campos de cultivo de propiedad privada, federal, estatal y municipal, así como la fecha, tipo de enervante cultivado, número de personas detenidas, municipio y entidad federativa a la que pertenecían.
A través del Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia (CENAPI), la PGR entregó 12 tablas con información relacionada con la erradicación de plantíos de marihuana y amapola, para el periodo de diciembre de 2006 a abril de 2012, desglosadas por entidad federativa, año y mes e informó que era la única información con la que contaba.
La dependencia orientó al particular a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) porque a ésta se entregó la totalidad de los bienes para la erradicación de cultivos y cada uno de los archivos.
Inconforme con la respuesta, el solicitante interpuso un recurso de revisión ante el Ifai en el que argumentó que ya había solicitado dicha información a la Sedena, que ésta se declaró incompetente y lo encauzó a la PGR.
En alegatos, la PGR reiteró su respuesta inicial y luego, mediante un alcance proporcionó la relación de Destrucción de Plantíos de Narcóticos, por cada delegación de la PGR y desglosado por año, de 2006 a 2012.
Reservó la información relacionada con los nombres de ejidos, áreas comunales y poblaciones rurales con plantíos de narcóticos destruidos en campos de cultivo de propiedad privada, federal, estatal y municipal con base en el artículo 14, fracciones I y III, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG).
Dicho artículo considera como información reservada la que por disposición expresa de una Ley sea considerada confidencial, reservada, comercial reservada o gubernamental confidencial y las averiguaciones previas.
Sin embargo, el comisionado Gerardo Laveaga consideró procedente revocar la reserva de la información, “en razón de que su difusión no pondría en riesgo las investigaciones del Ministerio Público ni menoscabaría directamente el ejercicio de sus facultades para encontrar la verdad histórica de los hechos”.
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