FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
Durante un foro en el Senado de la República, Ricardo García Cervantes, aseguró que esta figura ha permitido la violación de derechos humanos de manera persistente.
Ricardo García Cervantes, subprocurador de Derechos Humanos, Atención a Víctimas y Servicios a la Ciudadanía de la PGR, se pronunció este miércoles a favor de la desaparición de la figura del arraigo en México porque, dijo, ha permitido la violación de derechos humanos de los detenidos y hasta su tortura.
“Está claro que la figura del arraigo ha sido ocasión de violación de derechos humanos de manera persistente, es también ocasión para la práctica de la tortura, es ocasión para detener y luego investigar, cuando un estado de derecho indica que de las investigaciones previas se puede inculpar a alguien y ponerlo en manos de la justicia, en manos de los jueces”, señaló en entrevista con los medios, luego de participar en un foro sobre este tema, organizado por el Senado de la República.
“Mi convicción personal es que el arraigo ha sido una figura perversa… Yo traigo la posición de que esa figura, a mi juicio debe desaparecer, pero es a mi juicio personal”, agregó, en sintonía con lo que ya ha dicho el actual procurador General de la República, Jesús Murillo Karam.
El titular de la PGR se ha manifestado públicamente por desaparecer de manera paulatina esta medida cautelar pues, comentó, “tenemos que hacer que no haya víctimas”.
Al respecto, García Cervantes consideró que si en la reforma correspondiente no se contempla la desaparición del arraigo, ésta debería achicarse o tener más límites.
Por ejemplo, propuso reducir el arraigo entre 72 horas y 8 días, además de que un juez que lo otorgue debe asumir la responsabilidad de estar pendiente de las condiciones en las cuales se mantiene el arraigo.
“En ocasiones el término hasta de 40 días (de arraigo) ya es ocasión para despreocuparse por 40 días de un individuo que está privado de su libertad, si el juez al segundo día (del arraigo) se da cuenta que no hay elementos, puede revertir el arraigo, eso implica la presencia y la preocupación permanente del juez que otorga el arraigo”, expuso.
El subprocurador dejó claro que la reforma a la figura del arraigo dependerá del Congreso y serán los legisladores quienes determinen si desaparece o no.
Además, reconoció un “debilitamiento institucional” en la Procuraduría por la mala aplicación de esta tipo de medida.
“Hay instituciones que no hay que tapar el sol con un dedo para decir que están debilitadas y el esfuerzo por fortalecerlas va también por un rediseño no sólo en las estrategia, sino también el cambio en las actitudes”, indicó.
El arraigo está contemplado en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, específicamente en el artículo 12, que señala:
Artículo 12.- El Juez podrá dictar el arraigo, a solicitud del Ministerio Público de la Federación, en los casos previstos en el artículo 2o. de esta Ley y con las modalidades de lugar, tiempo, forma y medios de realización señalados en la solicitud, siempre que sea necesario para el éxito de la investigación, para la protección de personas, de bienes jurídicos o cuando exista riesgo fundado de que el inculpado se sustraiga a la acción de la justicia, sin que esta medida pueda exceder de cuarenta días y se realice con la vigilancia de la autoridad, la que ejercerá el Ministerio Público de la Federación y la Policía que se encuentre bajo su conducción y mando inmediato en la investigación.
La duración del arraigo podrá prolongarse siempre y cuando el Ministerio Público acredite que subsisten las causas que le dieron origen, sin que la duración total de esta medida precautoria exceda de ochenta días.
La discusión en el Congreso para concretar una reforma en esta materia está contenida en el Pacto por México –firmado por el PRI, PAN, PRD y PVEM, e impulsado por el gobierno federal- y se trata de uno de los temas que procesarán en este segundo periodo ordinario de sesiones de la LXII Legislatura, que concluye el próximo 30 de abril.
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