FUENTE: PROCESO.
AUTOR: JENARO VILLAMIL.
Una votación legislativa puso del mismo lado de la cancha a los diputados de oposición y a los de la llamada “telebancada”: las reformas a la Ley de Amparo que, entre otras cosas, eliminan la “suspensión provisional”. El mensaje era obvio: evitar los abusos contra … los abusos de la autoridad. Con esto, dicen los diputados de la “telebancada”, el poder del Ejecutivo será absoluto para decidir sobre las telecomunicaciones. La izquierda y organizaciones no gubernamentales, en tanto, se oponen a quitar el último reducto de lucha de las comunidades que defienden sus tierras de las devastadoras obras mineras, hidroeléctricas o petroleras.
MÉXICO, D.F: El lunes 11, en una comida con senadores del PRD, el director de Información de Grupo Televisa y estratega jurídico de la empresa, Javier Tejado Dondé, advirtió a los legisladores de izquierda: “A nosotros no nos preocupa la reforma de la Ley de Telecomunicaciones. Vamos a aceptar la competencia. Es más preocupante la reforma a la Ley de Amparo que van a aprobar en la Cámara de Diputados. Le van a dar todo el poder a Peña Nieto. Le darán un poder ilimitado”.
Tejado, articulista cuyos textos se publican en El Universal, dijo que se iba a generar un “encontronazo” entre las dirigencias empresariales, que para esa hora ya manifestaban en los principales noticiarios de radio y televisión su oposición a una parte de esa reforma.
La cúpula empresarial encabezada por Claudio X. González, del Consejo Mexicano de Hombres de Negocios –que reúne a los 36 grupos económicos más fuertes del país– y el presidente del Consejo Coordinador Empresarial, Gerardo Gutiérrez Candiani, hicieron su último esfuerzo para frenar las modificaciones a las fracciones XI y XIII del artículo 129 de la Ley de Amparo. Se reunieron al mediodía del lunes 11 con el secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong. Querían parar el cambio pero el exgobernador de Hidalgo les dijo que ya no podía dar marcha atrás a la iniciativa.
Para el sector empresarial y los grandes concesionarios el problema no era toda la iniciativa aprobada en el Senado en octubre de 2011, sino las modificaciones al artículo 129 que prohíben la figura de la “suspensión del acto reclamado” cuando se impida u obstaculice al Estado la utilización, aprovechamiento o explotación de los bienes del dominio público referidos en el artículo 27 constitucional, es decir petróleo, agua, espectro radioeléctrico, minas, ferrocarriles, aviación, etc.
Eliminar la figura de la “suspensión” fue una recomendación de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos al gobierno de Peña Nieto. El exsecretario de Hacienda José Ángel Gurría la cabildeó con la nueva administración y se incorporó en el texto del Pacto por México, firmado con las dirigencias del PAN y del PRD.
El compromiso 80 del Pacto lo estableció así, genéricamente: “Se llevará a cabo una reforma integral a la Ley de Amparo para hacerla compatible con las recientes reformas constitucionales”.
Lo que ninguno de los dirigentes del sector empresarial esperaba era que en la sesión de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados del miércoles 6 se incorporaran las modificaciones al artículo 129. Legisladores del PAN, PRD y PT expresaron su preocupación por que el PRI pretenda otorgarle un “garrote” al titular del Ejecutivo para actuar contra televisoras, telefonía, bancos, compañías aéreas, transporte federal, minas, energía y todos los que legalmente exploten los llamados bienes de la nación estipulados en el artículo 27.
“El 99% de la Ley de Amparo ya está procesada, consensuada y existe voluntad de toda la Cámara de Diputados para discutirla en el pleno y aprobarla” el martes 12, declaró el diputado perredista Fernando Zárate Salgado.
Zárate reconoció que sólo existe controversia en dos supuestos: “Uno, el artículo 5, que amplía el amparo a particulares; y número dos, la eliminación de la suspensión específicamente en lo que toca a los concesionarios del artículo 27”.
De pronto las posiciones de algunos legisladores de izquierda coincidieron con los de la cúpula empresarial e, incluso, con las de Televisa.
“El que no tengan la suspensión significa, de entrada, que no pueden frenar el acto de autoridad hasta que el juicio se resuelva, varios meses o años después. La suspensión es una garantía de audiencia y para detener actos arbitrarios que se habían estado dando; ha habido abusos por parte de algunos operadores, pero ahora se ve que llegan con una posición muy fuerte los diputados priistas”, declaró Tejado a Radio Fórmula un día antes de la aprobación.
En paralelo el presidente de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel), Mony de Swaan, y algunos legisladores declararon que era necesario modificar el mecanismo de la suspensión porque varios concesionarios lo habían utilizado para “presionar” o “especular” con decisiones de la autoridad, para frenar licitaciones que abrieran la competencia o para sentarse a negociar con el gobierno desde una posición de fuerza.
Sólo en el último año la Cofetel enfrentó 450 acciones legales contra el proyecto de Televisión Digital Terrestre, de resoluciones y planes emitidos por el pleno. Uno de los casos más escandalosos fue en 2010, cuando Iusacell, de Ricardo Salinas Pliego, obtuvo una suspensión que le impidió a Nextel explotar los títulos de concesión derivados de la Licitación 21. La presión de Salinas Pliego rompió la sociedad Nextel-Televisa, forzó un acuerdo con la telefónica dirigida por Gustavo Cantú y derivó en la “megafusión” de Televisa-Iusacell anunciada en 2011.
Otro caso fue el amparo que interpuso Telcel contra el Plan Técnico de Interconexión de la Cofetel en 2009. La compañía logró la suspensión y el plan que permitiría disminuir las tarifas de interconexión se frenó.
La Suprema Corte de Justicia estableció desde junio de 2010 que no procedía la suspensión en un juicio de amparo cuando una empresa concesionaria de telecomunicaciones pretenda dejar sin efecto los actos de autoridad. La votación fue muy cerrada en ese momento: cinco votos contra seis de los 11 ministros integrantes de la Sala Superior.
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