FUENTE: LA JORNADA.
AUTOR: JESÚS ARANDA.
La empresa argumentaba que precios establecidos por la Cofetel para 2005, 2006 y 2007 no fomentan la sana competencia. De avalar recurso, se habría dado ventaja a Axtel, cuando otras telefónicas sí cubrieron monto: ministros.
México, DF. El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó el amparo a la empresa Axtel en contra del pago a Telcel, establecido por la Comisión Federal de Telecomunicaciones, por la tarifa de interconexión de 1.71 pesos, 1.54 pesos y 1.38 pesos, para los años 2005, 2006 y 2007, respectivamente.
De acuerdo con estimaciones extraoficiales, con la decisión del máximo tribunal, Axtel estaría obligada a pagarle a la telefónica de Carlos Slim alrededor de mil 500 millones de pesos, ya que durante esos tres años, pagó una tarifa menor por la interconexión de sus líneas domiciliarias y corporativas a Telcel.
Al iniciar la discusión del amparo en revisión que presentó Axtel en contra de la sentencia que dictó un tribunal federal en 2007, la mayoría de ministros ratificó las facultades de Cofetel para fijar tarifas de interconexión, cuando las empresas telefónicas no lleguen a acuerdos entre sí, pero con la limitante de que sus decisiones deben estar “fundadas y motivadas”.
El ministro presidente de la SCJN, Juan N. Silva Meza precisó que la Cofetel “puede desenvolverse con una amplia discrecionalidad más no ilimitada”, tiene que estar sujeta a revisión de los órganos
jurisdiccionales.
Incluso, los ministros no podemos valorar pruebas periciales, sólo verificar que las decisiones de la Comisión se apeguen a los principios de legalidad y funcionalidad, añadió Silva quien junto con Olga Sánchez Cordero votó en contra de la decisión mayoritaria, al considerar que en este caso concreto, la Cofetel excedió los límites de discrecionalidad, al introducir cuestiones ajenas al modelo de costos, como el concepto de externalidad.
Margarita Luna Ramos precisó que de haberle dado la razón a Axtel en contra de las tarifas de interconexión fijadas en 2005, 2006 y 2007, la autoridad habría colocado a ésta empresa “en una posición de amplia ventaja competitiva, en relación con las demás empresas de telefonía fija, pues si éstas habían venido trabajando con tarifas superiores, con la misma compañía de Radio Móvil Dipsa S.A. de C.V. (Telcel), resultaría un contrasentido que la propia autoridad beneficiara solamente a un corporativo” que no llegó a un acuerdo tarifario con Telcel”.
El argumento central de Axtel apuntó, en el sentido de que las tarifas reclamadas no fomentan la san competencia, podría aplicarse incluso para negarle el amparo, porque las otras empresas telefónicas perderían la capacidad para competir con un agente económico que adquiría el mismo servicio, por menos de la mitad del valor del precio que ellas pagaban.
Además, de que Telcel había suscrito con otros operadores de telefonía fija tarifas a precios similares que los propuestos a Axtel.
La discusión del asunto continuará este lunes con otros temas que impugna Axtel en contra de decisiones judiciales que le fueron desfavorable en materia de tarifas de interconexión.
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