FUENTE: LA JORNADA.
AUTOR: VICTOR BALLINAS Y ANDREA BECERRIL.
Tiene enfoque garantista y propone juicios orales al mayor número de casos, afirman los legisladores.
Los senadores Roberto Gil Zuarth, del Partido Acción Nacional (PAN), y Manuel Camacho Solís, del Partido de la Revolución Democrática (PRD), presentarán en la sesión de este día una iniciativa por medio de la cual se expide el nuevo Código Federal de Procedimientos Penales, en el que se propone un enfoque garantista con equilibrios para no demeritar la eficiencia en el sistema de justicia penal y contempla la aplicación de los juicios orales al mayor número de casos, sobre todo a los delitos más graves.
En la iniciativa, el PAN y el PRD señalan que se busca fortalecer los derechos de la víctima u ofendido del delito, dándole una intervención más amplia, tanto en la etapa de investigación como durante el proceso, para que aporten directamente las pruebas, ya sea para el ejercicio de la acción penal o para la acreditación de los presupuestos necesarios para la imposición de una pena o medida de seguridad.
Los autores de la iniciativa señalan que en ésta se precisan los casos y condiciones para que la víctima pueda acudir directamente ante la autoridad judicial para promover la acción penal, entre otras acciones.
Con ello, resaltan Gil Zuarth y Camacho Solís, se invierte el criterio que parece tener preferencia en las legislaciones procesales hasta ahora vigentes, que le da mayor importancia a las salidas alternas o a la aplicación de mecanismos alternativos de solución de controversias, como es el mecanismo de la “negociación”, que para algunos es la parte esencial del sistema procesal acusatorio, pues con ello se trata de evitar llegar al juicio oral.
Asimismo, detallan que no se desconoce que el actual sistema penal “se encuentra totalmente saturado y, por ello, resulta incapaz de atender al menos un porcentaje razonable de la enorme cantidad de problemas que se ha llevado a su ámbito de acción, pero rechaza la idea de construir, ante la oportunidad que proporcionan las bases constitucionales, un sistema procesal penal que de antemano reconoce su incapacidad para atender el mayor número de problemas penales que se le asignen, pues de otra manera no tendría sentido la reforma.
Gil Zuarth y Camacho Solís destacan que la sola idea de que los problemas tengan una solución rápida, “no debe ser motivo para olvidar la función que tienen las garantías y los derechos consagrados en el Artículo 20 Constitucional, como tampoco debe olvidarse que dicho artículo establece a su vez que el proceso debe ser acusatorio y oral y se regirá por una serie de principios fundamentales, ya que todo ello sólo puede hacerse realidad en el desarrollo del juicio oral”.
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