domingo, 3 de marzo de 2013

Protección de consumidores, derecho fundamental: Profeco

FUENTE: LA JORNADA/NOTIMEX.

El subprocurador jurídico de la Profeco, Rafael Ochoa, calificó de benéfica para los consumidores dicha decisión, sobre todo en el caso en que particulares acrediten el daño de algún proveedor por fallas en la prestación de algún servicio en acciones colectivas.

México, DF. Con la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de atraer la demanda de un grupo de la Procuraduría Federal del Consumidor en contra de la empresa Nextel, se abre la puerta al reconocimiento de la protección de los consumidores como un derecho fundamental en materia de telecomunicaciones.

En un comunicado, el subprocurador jurídico de la Profeco, Rafael Ochoa, calificó de benéfica para los consumidores dicha decisión, sobre todo en el caso en que particulares acrediten el daño de algún proveedor por fallas en la prestación de algún servicio en acciones colectivas.

Recordó que el pasado 19 de febrero, la SCJN determinó ejercer la facultad de atracción de la acción de grupo que la Profeco inició contra Nextel debido a la mala calidad de los servicios que prestó en 2010.

En su oportunidad, la Primera Sala de la SCJN, que preside el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, conoció la solicitud de atraer el litigio en contra de Nextel en el que se pide para los afectados una indemnización correspondiente por las fallas registradas en ese año.

Ochoa Morales detalló que con los argumentos presentados por el ministro Pardo Rebolledo, el resto de los integrantes de la Primera Sala Civil y Penal del máximo órgano jurisdiccional votaron por unanimidad para aplicar la facultad de atracción del caso.

Con ello, dijo el subprocurador, la SCJN reconoce la protección de los consumidores como derecho fundamental, en específico en materia de telecomunicaciones.

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