AUTOR: JESÚS ARANDA.
Dejó abierta la puerta para que se realice el “cumplimiento sustituto” de la sentencia, es decir, que reciba una compensación por sus tierras.
El máximo tribunal dejó abierta la puerta para que se lleva a cabo el “cumplimiento sustituto” de la sentencia, es decir, que los ejidatarios reciban una compensación económica por las hectáreas que ya son ocupadas por particulares o por el municipio de Tila.
Así las cosas, el pleno tendrá que definir en qué casos procederá el pago de indemnizaciones al ejido, las cuales dependería de la desincorporación de tierras ejidales ocurrió como consecuencia del Decreto impugnado (emitido por el congreso de Chiapas en 1980) o fue anterior a éste.
Además, los ministros, tendrán que dilucidar si en aras del bien mayoritario de la comunidad y para evitar conflictos sociales, procede la restitución de terrenos a los ejidatarios, o bien, que dilucidarán si es mejor que la autoridad o los particulares que poseen terrenos en las 130 hectáreas en conflicto indemnicen a los ejidatarios.
En todo caso, como, en razón de que el proyecto no planteaba siquiera la restitución de terrenos, el asunto fue retirado y será presentado en las próximas semanas por la ministra Sánchez Cordero, pero incorporando las consideraciones que hicieron ayer sus compañeros de pleno en el sentido de analizar de qué forma el pleno puede poner fin a esta conflicto que lleva más de 30 años en resolverse. Y en el que los ejidatarios exigen la restitución de las tierras que les fueron dotadas por decreto presidencial en 1934.
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