FUENTE: CNN MÉXICO.
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avanzó este jueves en el análisis de una controversia constitucional promovida por el municipio Arroyo Seco, en Querétaro, para invalidar un párrafo de un artículo que determina la protección de la vida desde el momento de la fecundación, reportó la agencia Notimex.
El párrafo 4 del Artículo 2 de la Constitución Política local señala: “El estado de Querétaro reconoce, protege y garantiza el derecho a la vida de todo ser humano desde el momento de la fecundación como un bien jurídico tutelado y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes hasta la muerte”.
Los ministros analizaron la controversia interpuesta por la modificación que hizo el Congreso local al pasar el texto del cuarto al quinto párrafo. Dicho párrafo de la ley queretana fue publicado el 18 de septiembre de 2009 y modificado el 23 de marzo de este año.
Los ministros determinaron, por ocho votos a favor, que la modificación al párrafo no es un acto nuevo por lo que debe revisarse el asunto, mientras que los otros tres ministros votaron por el sobreseimiento del caso.
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