AUTOR: ERNESTO VILLANUEVA.
MÉXICO D.F. (Proceso).- Todo mundo sabe que México tiene un alto índice de impunidad; es decir, de comisión de delitos sin castigo. La CNDH sostiene que sólo en dos de cada 100 casos el responsable es procesado por la justicia (http://lectormx.com/index.php?option=com_content&view=article&id=4057:la-impunidad-coloca-al-pais-en-un-foco-rojo-en-extremo-cndh&catid=128:general-justicia&Itemid=554).
Por su parte, Amnistía Internacional afirma: “México: tierra de injusticia e impunidad” (www.es.amnesty.org/actua/acciones/mexico-injusticia-impunidad/). En general sólo se investigan los delitos de alto impacto y aquellos que adquieren notoriedad periodística. Lo que le pasa al ciudadano de a pie queda en esa amplísima cifra de impunidad. El diseño institucional y la corrupción son coadyuvantes para que esto pase. Es el caso del servicio pericial de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF). Veamos.
Primero. El conocimiento de un perito es de vital importancia en relación con la cárcel, la impunidad y la reincidencia. De acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en el Distrito Federal el delito que más se comete es el robo en sus diversas modalidades (http://www.proceso.com.mx/?p=344471). La mayoría de los robos son, paradójicamente, en perjuicio de los que menos tienen, de quienes caminan, se movilizan en transporte público y carecen, por supuesto, de protección policiaca. El Código Penal establece diversas sanciones según el monto estimado de los bienes robados. En particular, el artículo 220, fracción IV del citado código para el DF dispone que, tratándose de objetos cuyo valor sea de 750 salarios mínimos diarios en el DF o más, el responsable no obtendrá la libertad bajo fianza. De esta suerte, el papel de los peritos de valuación forense de la PGJDF se vuelve crucial.
El Diccionario de la Lengua Española define el concepto de “perito” como una “persona que, poseyendo determinados conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos, informa, bajo juramento, al juzgador sobre puntos litigiosos en cuanto se relacionan con su especial saber o experiencia”. En cualquier país medianamente democrático un perito es un experto, con un conjunto de conocimientos que se demuestran mediante licenciaturas, especializaciones, maestrías y doctorados. A mayor conocimiento del perito, más precisión de sus peritajes.
Segundo. El problema en la PGJDF es que, del universo de peritos valuadores, gran parte tiene sólo estudios de secundaria; casi ninguno terminó estudios profesionales y sólo dos casos se registran con posgrado. Este hecho se refleja en un sistema de corrupción por acción u omisión que lastima más a los ciudadanos de a pie, quienes con un larguísimo trabajo pueden lograr consignar a un presunto responsable. En el mejor de los casos, la ignorancia de los peritos hace que calculen valores “al tanteo”, sin ningún procedimiento metodológico que permita comprender qué pasos han seguido para llegar a sus conclusiones.
Peor todavía, la PGJDF no cuenta con un “manual específico de operación de servicios periciales en la especialidad de valuación forense”, según lo reconoce la Coordinación General de Servicios Periciales en un oficio firmado por María Olga Salgado Valdés, subdirectora de Supervisión, el 12 de junio del 2012, y esa situación se mantiene igual hasta la fecha. Es igualmente de llamar la atención que la institución responsable de la elaboración y aprobación del citado manual sea la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de la PGJDF. Esta dirección carece de atribuciones expresas en el artículo 69 del Reglamento de la propia PGJDF para realizar semejante tarea, eminentemente técnica y especializada, lo que muestra el mundo al revés que se vive dentro.
Tercero. Los peritos de la PGJDF reciben, como lo disponen las prácticas institucionales, capacitación de todo tipo, incluida la de superación personal, integridad y valores éticos, pero extrañamente no se ven cursos técnicos independientes sobre su materia de trabajo. Esta deficiencia no sólo afecta el trabajo de la PGDF, sino que impacta negativamente en los ciudadanos, ya que una vez que un probable responsable ha sido consignado al juez competente, resulta que el perito, a pregunta expresa del abogado defensor, no sabe explicar cómo llegó a las conclusiones de su peritaje, circunstancia que se aprovecha para impugnar este elemento. Así, el probable responsable puede salir feliz a seguir ejerciendo sus actividades ilícitas, al fin que ya sabe el camino para que no pase nada. Ello además genera, por si no fuera suficiente, un riesgo para la integridad personal del valiente denunciante, precisamente por haber hecho la denuncia y haberla ratificado.
¿No es esto un elemento de inhibición de la denuncia ciudadana? Vamos, las limitaciones en la PGJDF son tales que muy pocos peritos saben diferenciar los conceptos de valor de mercado, valor de cambio y valor intrínseco; menos aún pueden ofrecer una cátedra de matemáticas financieras avanzadas. ¿Por qué no se practica un examen ante un pánel experto independiente, así como una revisión curricular documental? Estoy convencido de que ello permitiría deslindar responsabilidades e iniciar un proceso de depuración, necesario para bien de la comunidad.
Es de preocupar a la sociedad que el trabajo de la PGJDF se realice bajo la primitiva política de “estímulo-respuesta”, que en palabras llanas significa “como veo doy”. ¿No resulta indignante y paradójico que sean precisamente los votantes del actual Gobierno del Distrito Federal quienes sean discriminados de la efectiva procuración de justicia? Lo peor que uno puede hacer es quedarse callado.
Primero. El conocimiento de un perito es de vital importancia en relación con la cárcel, la impunidad y la reincidencia. De acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en el Distrito Federal el delito que más se comete es el robo en sus diversas modalidades (http://www.proceso.com.mx/?p=344471). La mayoría de los robos son, paradójicamente, en perjuicio de los que menos tienen, de quienes caminan, se movilizan en transporte público y carecen, por supuesto, de protección policiaca. El Código Penal establece diversas sanciones según el monto estimado de los bienes robados. En particular, el artículo 220, fracción IV del citado código para el DF dispone que, tratándose de objetos cuyo valor sea de 750 salarios mínimos diarios en el DF o más, el responsable no obtendrá la libertad bajo fianza. De esta suerte, el papel de los peritos de valuación forense de la PGJDF se vuelve crucial.
El Diccionario de la Lengua Española define el concepto de “perito” como una “persona que, poseyendo determinados conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos, informa, bajo juramento, al juzgador sobre puntos litigiosos en cuanto se relacionan con su especial saber o experiencia”. En cualquier país medianamente democrático un perito es un experto, con un conjunto de conocimientos que se demuestran mediante licenciaturas, especializaciones, maestrías y doctorados. A mayor conocimiento del perito, más precisión de sus peritajes.
Segundo. El problema en la PGJDF es que, del universo de peritos valuadores, gran parte tiene sólo estudios de secundaria; casi ninguno terminó estudios profesionales y sólo dos casos se registran con posgrado. Este hecho se refleja en un sistema de corrupción por acción u omisión que lastima más a los ciudadanos de a pie, quienes con un larguísimo trabajo pueden lograr consignar a un presunto responsable. En el mejor de los casos, la ignorancia de los peritos hace que calculen valores “al tanteo”, sin ningún procedimiento metodológico que permita comprender qué pasos han seguido para llegar a sus conclusiones.
Peor todavía, la PGJDF no cuenta con un “manual específico de operación de servicios periciales en la especialidad de valuación forense”, según lo reconoce la Coordinación General de Servicios Periciales en un oficio firmado por María Olga Salgado Valdés, subdirectora de Supervisión, el 12 de junio del 2012, y esa situación se mantiene igual hasta la fecha. Es igualmente de llamar la atención que la institución responsable de la elaboración y aprobación del citado manual sea la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de la PGJDF. Esta dirección carece de atribuciones expresas en el artículo 69 del Reglamento de la propia PGJDF para realizar semejante tarea, eminentemente técnica y especializada, lo que muestra el mundo al revés que se vive dentro.
Tercero. Los peritos de la PGJDF reciben, como lo disponen las prácticas institucionales, capacitación de todo tipo, incluida la de superación personal, integridad y valores éticos, pero extrañamente no se ven cursos técnicos independientes sobre su materia de trabajo. Esta deficiencia no sólo afecta el trabajo de la PGDF, sino que impacta negativamente en los ciudadanos, ya que una vez que un probable responsable ha sido consignado al juez competente, resulta que el perito, a pregunta expresa del abogado defensor, no sabe explicar cómo llegó a las conclusiones de su peritaje, circunstancia que se aprovecha para impugnar este elemento. Así, el probable responsable puede salir feliz a seguir ejerciendo sus actividades ilícitas, al fin que ya sabe el camino para que no pase nada. Ello además genera, por si no fuera suficiente, un riesgo para la integridad personal del valiente denunciante, precisamente por haber hecho la denuncia y haberla ratificado.
¿No es esto un elemento de inhibición de la denuncia ciudadana? Vamos, las limitaciones en la PGJDF son tales que muy pocos peritos saben diferenciar los conceptos de valor de mercado, valor de cambio y valor intrínseco; menos aún pueden ofrecer una cátedra de matemáticas financieras avanzadas. ¿Por qué no se practica un examen ante un pánel experto independiente, así como una revisión curricular documental? Estoy convencido de que ello permitiría deslindar responsabilidades e iniciar un proceso de depuración, necesario para bien de la comunidad.
Es de preocupar a la sociedad que el trabajo de la PGJDF se realice bajo la primitiva política de “estímulo-respuesta”, que en palabras llanas significa “como veo doy”. ¿No resulta indignante y paradójico que sean precisamente los votantes del actual Gobierno del Distrito Federal quienes sean discriminados de la efectiva procuración de justicia? Lo peor que uno puede hacer es quedarse callado.
No hay comentarios:
Publicar un comentario