La Procuraduría del Consumidor ordenó suspender la publicidad que aseguraba la inclusión de fruta como postre y recurría a la inserción de imágenes inexactas.
Con base en lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, Profeco ordenó suspender la publicidad que aseguraba la inclusión de fruta como postre en la “Cajita Feliz”, ya que contiene imágenes inexactas que inducen a la confusión, además de incumplir el peso del contenido, entre otras irregularidades.
De acuerdo con una denuncia presentada, la dependencia dio trámite y seguimiento al expediente, sin que la empresa acreditara con pruebas idóneas la veracidad de la publicidad referida para la “Cajita Feliz”, no obstante argumentar que para conservar la frescura de la fruta se expendía sellada al alto vacío.
Conforme a la Ley, Profeco ordenó como medida precautoria, suspender la publicidad, por cualquier medio o forma, de la inclusión de fruta como postre en la “Cajita Feliz”.
En un comunicado, la Procuraduría resaltó que con estas acciones reitera su compromiso de defender y proteger los derechos de la población al combatir las prácticas comerciales abusivas y la publicidad engañosa.
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