AUTOR: ALFREDO MÉNDEZ.
Una vez que los documentos se presenten por oficialía de partes, las demandas serán turnadas, en los siguientes tres días, a uno de los cinco juzgados auxiliares habilitados por el Consejo de la Judicatura Federal (CFF) en Cholula, Puebla, para resolver las controversias planteadas.
Aquí nos enfrentamos al primer obstáculo: los jueces están negando de inmediato, sin revisar en detalle el contenido de los escritos de demanda y en franca violación a los tratados internacionales, las suspensiones provisionales solicitadas, informó el abogado Manuel Fuentes Muñiz, especialista en derecho laboral y asesor jurídico de miles de profesores.
El siguiente paso, explicó el litigante, es impugnar esa negativa ante un tribunal colegiado correspondiente y presentar las quejas administrativas en el CJF contra los jueces que actúan por consigna, puesse están negando a suspender la legislación secundaria sin respetar la normativa de los tratados internacionales en materia de derechos humanos.
Fuentes Muñiz añadió que su idea de que los jueces federales están actuando por consigna se sostiene por el hecho de que una vez que reciben las demandas de amparo, en menos de 24 horas, están notificando la negativa de la suspensión, como si ya tuvieran un machote en sus escritorios para emitir las notificaciones a los maestros quejosos. Esto será materia de una queja administrativa, porque los jueces federales están violando el principio de convencionalidad.
Indicó que el asunto de los amparos de los maestros puede llegar hasta la jurisdicción de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en caso de que los tribunales mexicanos nieguen la protección de la justicia a los profesores quejosos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario