FUENTE: LA JORNADA.
AUTOR: JESÚS ARANDA.
18 de noviembre, 2013. México, DF. Los hospitales privados son responsables solidarios en caso de que ocurran actos de negligencia médica en sus instalaciones, aun cuando no tengan responsabilidad objetiva en los hechos, estableció el juzgado primero de distrito en materia civil al confirmar el laudo emitido por la Comisión Nacional de Arbritraje Médico que condenó a dos médicos y al Hospital Infantil Privado SA de CV a rembolsar a los padres de un menor, que falleció por negligencia médica, el pago que hicieron por gastos hospitalarios y honorarios médicos.
La sentencia de la juez Ana Paula García Villegas, dictada en el juicio de amparo 88/2013-VI, rechazó los argumentos del nosocomio privado, el cual insistía en que no existía relación laboral entre éste y los médicos Honorio Santa María Díaz y Luis Alfonso Morales –quienes fueron encontrados responsables de negligencia médica por la Comisión Nacional de Arbitraje Médico el 10 de diciembre de 2012–, ya que ambos doctores no eran ni sus empleados ni sus subordinados, además de que habían sido contratados por los padres del menor, según constaba en el contrato de servicios hospitalarios respectivo.
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