El árbitro electoral consultará de forma expresa y por escrito a los ciudadanos.
El ordenamiento instruye a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores para que en coadyuvancia con la Comisión Nacional de Vigilancia realice la modificación del Formato Único de Actualización y Recibo.
Este acuerdo entrará en vigor a los 90 días naturales posteriores a su aprobación.
El pasado 24 de octubre El Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) aprobó una resolución con la cual los ciudadanos podrán decidir si en su credencial de elector se incluye su domicilio a simple vista o de manera encriptada.
Los consejeros aprobaron el proyecto por seis votos a favor y dos en contra, en acatamiento a lo ordenado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), a quien deberá informar de esa determinación en las próximas 24 horas.
Los datos que serán visibles o encriptados, a elección del ciudadano, serán: calle, número exterior y número interior del domicilio.
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