AUTOR: JENARO VILLAMIL.
La reforma aprobada pasó por alto varios de los otros temas propuestos, como la autonomía del Distrito Federal, la incorporación de mecanismos de participación ciudadana (como referéndum, plebiscito, consulta popular), así como reformas de más profundidad para cambiar el régimen político.
El INE será una autoridad “independiente en sus decisiones y funcionamiento, y profesional en su desempeño”, contará con un Consejo General que tendrá 11 integrantes, y entre sus nuevas funciones estarán la de imponer medidas cautelares, como suspender o cancelar de manera inmediata las transmisiones de radio y televisión.
Sin embargo, no desaparecen los comités estatales electorales, pero se mantiene un modelo ambiguo, donde coexistirán tanto el INE como los organismos locales. De esta manera, “en las entidades federativas las elecciones locales quedarán a cargo de organismos públicos locales en los términos de esta Constitución”.
La reforma constitucional también establece que se creará una nueva ley secundaria sobre sistema de nulidad de elecciones federales y estatales, que incluyan violaciones graves, dolosas y “determinantes”, cuando se exceda el gasto de campaña en un 5% del monto total autorizado, se adquiera cobertura informativa en los medios electrónicos fuera de lo dispuesto por la ley o se utilicen recursos de procedencia ilícita.
La presión de la bancada del PRI funcionó y se incorporó el criterio de “determinancia” para hacer válida la posibilidad de anular una elección. Según el dictamen, la “determinancia” es cuando la distancia entre el primero y el segundo lugar de una contienda es menor al 5%.
En caso de la anulación de las elecciones se convocará a otra extraordinaria, en la que no podrá participar el candidato sancionado.
A cambio, los panistas también salieron ganando con una de sus demandas más criticadas por los otros partidos: que la reelección inmediata de diputados federales y senadores se autorice a partir de los comicios federales del 2015 (para legisladores federales) y del 2018 (para los senadores), hasta por un periodo de 12 años.
Es decir, los diputados podrán ser electos hasta para cuatro periodos consecutivos (tres reelecciones) y los senadores por dos periodos consecutivos.
El decreto deja claro que la reelección no será aplicable para diputados locales, presidentes municipales, regidores y síndicos que se encuentren en funciones a la entrada en vigor de este decreto.
La reforma constitucional también incrementó el umbral de 2 a 3% de los votos en una elección para que cualquier partido pueda mantener su registro federal y estatal. Este cambio generó el voto en contra de lo particular de la senadora del Panal, Mónica Arriola, junto con senadores del PT y del PRD.
En materia política, se desaparece la figura de la Procuraduría General de la República para crear una nueva Fiscalía General de la República, cuyo titular será electo por las dos terceras partes del Senado y contará, además, con dos fiscalías especiales: para delitos electorales y contra la corrupción. Esta figura entrará en vigor hasta el 2018.
Se le autoriza al titular del Ejecutivo federal la formación de un gobierno de coalición. Si no lo hubiera, la Cámara de Diputados aprobará al titular de la Secretaría de Hacienda, y el Senado al canciller.
Se quedó para una legislación secundaria la regulación en materia de gastos en publicidad oficial, así como la prohibición de pagar publicidad encubierta en radio y televisión.
Los tiempos para la toma de posesión del Titular del Ejecutivo federal se adelantaron del 1 de diciembre al 1 de octubre y el del periodo de apertura del Congreso de la Unión, se adelantó del 1 de septiembre al 1 de agosto.
A propuesta de senadoras del PRI, PRD y PAN la obligación de equidad de género y paridad en las candidaturas se quitó de un artículo transitorio para incorporarlo al cuerpo del texto constitucional.
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