viernes, 6 de diciembre de 2013

La renta que ya pagamos

FUENTE: REPORTE INDIGO.
AUTOR: PENILEY RAMÍREZ.

Aunque es un tema que se cuestiona en la reforma energética, desde hace 3 años Pemex aplica un modelo que podría ser muy parecido a los contratos de utilidad compartida.

La reforma energética que debatirá en los próximos días el Congreso de la Unión podría ponerle nombre a una práctica que, desde 2010, ha estado oculta bajo un modelo económico comprensible solo para expertos.

Más allá del debate acerca de la admisión constitucional de concesiones o contratos de utilidad compartida, que aprobarán ambas cámaras antes del 15 de diciembre, los contratos integrales que se aprobaron en la reforma energética de 2008 contemplan ya un rubro que se considera como “renta petrolera”.

La información de la hoja de cálculo del modelo económico de uno de estos contratos, de la que Reporte Indigo obtuvo una copia, consta en un juicio en Tabasco.

Pemex la mantuvo como reservada durante tres años, hasta la última semana de noviembre.

El modelo económico es definido por la paraestatal como una herramienta de gestión, que abstrae, emplea variables y las relaciona. Es la guía que usa para planear, programar y ejecutar los contratos.

De sus números se derivan las características de cada contrato; es la base para determinar los alcances del acuerdo que firma Pemex con las empresas que le dan servicios.

La expresión física de este modelo es una hoja de cálculo en Excel, la cual contiene fórmulas matemáticas que explican los términos de la contratación.

Una de estas hojas de cálculo, relativa al Área Magallanes, en Tabasco, fue la información que Pemex entregó al juzgado primero de distrito con sede en Villahermosa y recientemente perdió su carácter de reservada.

Un funcionario de la petrolera, quien pidió no ser citado, ayudó a interpretar la información contenida en esta tabla.

La hoja muestra las cantidades que se estima serían pagadas al contratista, a la Secretaría de Hacienda y a Pemex a partir de 2011, año en que inició el periodo de este contrato, aprobado por el Consejo de Administración de Pemex el 24 de noviembre de 2010.

En esa misma fecha se aprobaron los contratos de los campos Magallanes, Carrizo y Santuario, en Tabasco.

Magallanes está a cargo de la compañía inglesa Petrofac, la cual explotará el campo hasta 2035.

Los datos confidenciales

La hoja de cálculo de la que Reporte Indigo obtuvo una copia es una versión preliminar del modelo económico de los contratos aplicables en estos tres campos de Tabasco.

Contiene la información del resumen de flujo de efectivo que obtendrá el contratista, el cual depende del precio estimado del petróleo y la inflación.

También contiene información del flujo de efectivo que Pemex estima recibir antes y después de impuestos.

El documento describe año por año cuál será la ganancia para el privado, para Pemex y para Hacienda.

La renta total, como se describe en el documento, se divide entre la “renta del contratista” y la “renta estatal”, la cual a su vez está fraccionada entre Pemex y Hacienda.

Las ganancias y costos para la compañía que se observan en el contrato de Magallanes eran desconocidas hasta ahora. Podrían resultar una primera pista de qué significa, en los números, la apertura petrolera.

El contrato en Magallanes se pactó sobre dos condiciones: Petrofac cobraría a Pemex 5.01 dólares por barril extraído y la paraestatal le repondría el 75 por ciento de sus costos de operación.

Estos fueron los números que se conocieron públicamente. Aunque está firmado hasta 2035, la misma tabla de evolución de ganancias muestra que el campo dejará de producir en 2030.

En esos 20 años, Petrofac tendrá costos totales de producción de mil 757 millones de dólares.

De estos, Pemex le devolverá 780 millones de dólares por concepto de “recuperación de gastos”.

De acuerdo con una evolución estimada del precio del crudo, que en el contrato se nombra como “ajuste inflacionario”, en ese mismo periodo el yacimiento dará ingresos por 4 mil 876 millones de dólares,esto es, casi el triple de lo invertido.

Los impuestos, en su mayoría, serán absorbidos por Pemex. En ese periodo la paraestatal pagará 3 mil 271 millones de dólares de impuestos, que en su mayor parte van a Hacienda.

La empresa privada, por el contrario, solo paga Impuesto Sobre la Renta, esto es 102.7 millones de dólares en 20 años.

Luego viene el rubro que ha motivado la mayor expectación sobre este documento, denominado como “take”.

En los glosarios internacionales de términos petroleros, el “take” se define como “el importe total de los ingresos que un gobierno anfitrión recibe de la producción. Esta cantidad puede incluir impuestos, regalías y la participación del gobierno”.

En el caso de este contrato el “take”, conocido en español como renta petrolera, no se describe solamente para el gobierno, sino también para la contratista.

El modelo económico de Magallanes muestra claramente que durante los 20 años de expectativa económica del yacimiento Pemex obtendrá un “take” de 4.6 por ciento, mientras Petrofac recibirá 6.1 por ciento.

Fuentes petroleras explicaron a este diario que en términos más simples ese porcentaje es el que ya desde 2011 el gobierno mexicano acordó entregar a las compañías privadas.

Piden amparo

La asociación Colectivas, A.C. a través de su abogado René Sánchez Galindo –el mismo que ganó recientemente el caso para detener en México la siembra de maíz transgénico- busca obtener un amparo para cancelar tres de los contratos para campos maduros en Tabasco.

El juicio puede decidirse en los próximos días, pero temen que se extienda hasta el plazo legal de tres meses y se quede sin objeto debido a las reformas constitucionales que podrían aprobarse antes del 15 de diciembre.

En la solicitud de amparo, Sánchez Galindo afirma que en estos contratos “el pago al contratista está directamente relacionado con el patrimonio nacional, puesto que la producción y el valor de las ventas son conceptos íntimamente relacionados con el petróleo que está catalogado como un bien nacional”.

El amparo reclama que este contrato viola el artículo 60 de la ley de Pemex, que establece que “las remuneraciones que en dichos contratos se establezcan serán siempre en efectivo, por lo que en ningún caso podrá pactarse como pago por los servicios que se presten o las obras que se ejecuten, un porcentaje de la producción o del valor de las ventas de los hidrocarburos ni de sus derivados o de las utilidades de la entidad contratante”.

El modelo de contrato incentivado que Pemex presentó a sus inversionistas en Buenos Aires en 2011 muestra que el índice de precios que pagan sobre el contrato se comporta igual al precio del crudo.

En los anexos de estos contratos firmados en Tabasco también se observa que el precio del barril de petróleo es un factor en la fórmula de pago al privado.

Esto lleva al abogado a concluir en su petición de amparo que “la tarifa de remuneración al contratista es un porcentaje del valor de las ventas y de la producción”.

Si avanza en el Congreso la aprobación de una reforma constitucional, los juicios podrían quedar en suspenso y debería revalorarse en un nuevo modelo de contrato qué sucede con los impuestos que esta compañía pagará durante los 21 años que restan del contrato.

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