jueves, 9 de enero de 2014

Perfilan en SCJN localización de celulares en tiempo real

FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS (REDACCIÓN).

Se busca el principio de oportunidad en la investigación de delitos, en la persecución y en la localización de los responsables, según el proyecto de Margarita Luna Ramos.

Cuatro de los 11 ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se pronunciaron este jueves por la validez de la reforma de abril de 2012 al Código Federal de Procedimientos Penales, que permite a las procuradurías solicitar a las concesionarias de telecomunicaciones la ubicación inmediata de dispositivos móviles, sin orden judicial previa, informa el diario Reforma.

Solo dos ministros anunciaron que votarán por la inconstitucionalidad de la reforma.

Aún en el caso poco probable de que los cinco ministro restantes se sumen a esta postura, no se alcanzará la mayoría de ocho necesaria para invalidar los artículos, impugnados por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. La discusión continuará el próximo lunes.



“Creo que la medida es valiosa desde la perspectiva del trabajo de la autoridad ministerial, sobre todo atendiendo al principio de oportunidad en la investigación de delitos, en la persecución y en la localización de los responsables”, afirmó el Ministro Jorge Pardo.

“Esta media puede ser muy importante, en algunos casos, para la localización no del autor del delito, sino de la víctima“, agregó.

Margarita Luna Ramos presentó un proyecto de sentencia que avala el artículo 133 Quáter del CFPP, así como de dos artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones, apelando a la necesidad de facilitar el combate a la delincuencia.

“La simple localización de un aparato celular no permite conocer la conversación de quien lo utiliza, ni sus registros, ni su domicilio, ni su información médica, entre otras cuestiones”, señala el proyecto.

“Si se hace como pretende la CNDH, a través de la supervisión judicial, pierde su eficacia la medida, porque hay que localizar inmediatamente el celular del que provienen las amenazas“, dijo la Ministra.

José Ramón Cossío y Sergio Valls se pronunciaron en contra del proyecto; y los cinco ministros restantes fijarán su postura el próximo lunes, publica La Jornada.

Cossío fue contundente al señalar: “No puedo aceptar una intromisión en la vida privada de las personas, como la que se establece en los artículos impugnados, sin que exista un fundamento expreso en la constitución”. Es decir, sin cumplir el requisito establecido en el artículo 16 constitucional que establece que todo acto “de molestia” debe ser autorizado por un juez.


“Todo acto que pueda considerarse como facultad constitucional de investigación de las procuradurías, debe tener como salvaguarda mínima el control judicial previo, y no puede soslayarse o superarse esto mediante una consideración de razonabilidad o ponderación”, dijo.

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