FUENTE: PROCESO (REDACCIÓN)
MÉXICO, D.F. (apro).- La Secretaría de Gobernación deberá dar a conocer los nombres de los 27 líderes o jefes de plaza y los operadores financieros de grupos delictivos detenidos por la extinta Secretaría de Seguridad Pública (SSP), así como explicar con base en qué documentos e investigaciones dichas personas fueron catalogados de esa manera.
Así lo resolvió el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos (Ifai) que refirió en un comunicado que el Comisionado Nacional de Seguridad, Manuel Mondragón y Kalb, hizo referencia a los 27 presuntos capos en su informe del 5 de noviembre de 2013.
La Segob declaró la inexistencia de lo solicitado tras realizar una búsqueda en la Unidad de Planeación, Prospectiva y Seguridad Privada y en la Oficina del Comisionado Nacional de Seguridad y orientó al particular que solicitó conocer la información a presentar su petición ante la Policía Federal (PF).
Inconforme con la respuesta, el requirente presentó un recurso de revisión ante el Ifai.
En alegatos la Segob reiteró su respuesta inicial e informó que turnó la petición a la Comisión Nacional de Seguridad (CNS), ésta a su vez solicitó la información a la PF que refirió que la información está clasificada como “reservada” porque forma parte de averiguaciones previas no concluidas, seguidas ante el Ministerio Público Federal.
Al analizar el caso, el comisionado Gerardo Laveaga advirtió que la Segob cuenta con otras unidades administrativas competentes a las que no turnó la solicitud, como la Dirección General de Comunicación Social y la Unidad de Planeación, Prospectiva y Seguridad Privada.
La primera, explicó, es la encargada de ejecutar la política de información, difusión y comunicación social de la Segob y sus órganos administrativos desconcentrados, así como de informar a la opinión pública.
En tanto, abundó, la Unidad de Planeación, Prospectiva y Seguridad Privada es responsable de coordinar el procesamiento de información que generen las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados adscritos a la CNS.
Laveaga precisó que si bien la PF no puede proporcionar la información porque es clasificada, para la elaboración, emisión y difusión del informe de labores del titular de la CNS se auxilia con los datos que le entregan las diversas unidades administrativas de la dependencia.
Por ello propuso revocar la respuesta de la Segob e instruirla realizar a una nueva búsqueda en todas las unidades administrativas competentes, entre ellas las que mencionó y sólo en caso de que no localice la información, deberá declarar su inexistencia formalmente.
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