FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS (REDACCIÓN)
El acuerdo emitido determina que el juez 32 civil “no tiene competencia en el tema de telecomunicaciones”. El Ejecutivo no solicitó esa suspensión, sin embargo la ministra Sánchez lo determinó así, y tácitamente señala que el Ifetel tiene mandato constitucional en esta materia”, dice presidenta de Observatel.
La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de admitir la controversia constitucional promovida por el Ejecutivo en el tema must carry / must offer es muy relevante porque, sin haberse solicitado, suspendió la resolución de un juez local y dejó en claro que el Ifetel es la única institución que puede resolver en este tema.
Así lo señala Irene Levy, presidenta de Observatel, quien esta mañana comentó en Noticias MVS el acuerdo de admisión de la controversia emitido ayer por la ministra de la Corte, Olga Sánchez Cordero.
“El acuerdo de suspensión emitido por Sánchez Cordero determina que el juez 32 civil no tiene competencia en el tema de telecomunicaciones. La ministra reconoce la competencia del Ifetel y le está diciendo ‘tú Ifetel tienes un mandato directo de la Constitución en tema telecomunicaciones’”, dijo Levy.
“El Ejecutivo federal no solicitó la suspensión de lo que determinó el juez 32 civil. Sin embargo, la ministra Sánchez Cordero la aplicó de oficio”, agregó.
Por tal motivo, explicó la especialista, el Ifetel ya no tendría impedimento para continuar el análisis y tomar las decisiones necesarias en el tema de retransmisión de señales de tv:
“En mi opinión, esta suspensión permite al Ifetel seguir adelante con las resoluciones del tema must carry / must offer.
“Yo esperaría que el Ifetel tome esta determinación y entienda que puede continuar con el tema, porque, como lo dice la ministra, el juez civil ‘no es competente’ para atender este tema”, dijo.
Aclaró: “Aún existe la posibilidad de que el juez presente un recurso para objetar la decisión de la ministra. Pero lo cierto es que la suspensión está otorgada. Subrayo: eso no lo solicitó el Ejecutivo, sin embargo la ministra lo determinó así”.
La semana pasada, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) postergó del debate y resolución sobre la retransmisión de señalas de tv abierta en sistemas de paga (conocido como must carry / must offer), tras recibir una notificación del juez 32 civil del DF, en el que argumentaba que el Ifetel no tenía atribuciones en materia de derechos de autor, que serían afectados.
Pese a que la reforma en telecomunicaciones de 2013 establece en la Constitución la obligación de las televisoras abiertas de poner a disposición sus señales en tv de paga, y de estas últimas de retransmitir todas las señales de televisión abierta, Grupo Televisa ha promovido recursos legales contra el must carry / must offer, y argumenta que los sistemas restringidos deben pagar por usar estas señales porque se “afectan derechos de autor”.
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