martes, 25 de marzo de 2014

Segob regularía contenidos “educativos, culturales y cívicos” e información “objetiva” en radio y TV

FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS (REDACCIÓN)

Presidencia plantea crear un organismo público descentralizado, sectorizado en la Secretaría de Gobernación, denominado Sistema de Radiodifusión de México, que asegure contenidos "que promuevan la integración nacional, la formación educativa, cultural y cívica, la igualdad entre hombres y mujeres, la difusión de información imparcial, objetiva, oportuna y veraz del acontecer nacional e internacional".

De prosperar la iniciativa presidencial de leyes secundarias en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, sería la Secretaría de Gobernación la encargada de vigilar los contenidos de programas de radio y televisión, con el fin de que estos sean ”educativos, culturales y cívicos”, además de que se revisarán a los noticiarios del país con el fin de que difundan “información imparcial, objetiva, oportuna y veraz del acontecer nacional e internacional”. }

Así lo establece la iniciativa que envió ayer el presidente Enrique Peña Nieto al Senado de la República, la cual ya fue rechazada por las dirigencias del PAN y PRD, entre otros motivos, porque se le restan facultades al Instituto Federal de Telecomunicaciones y se le dan más a secretarías del Estado, como lo es Gobernación, que actualmente encabeza Miguel Ángel Osorio Chong.


La iniciativa presidencial busca acotar las facultades del Ifetel en materia de regulación de contenidos, pues plantea que la Segob mantenga sus facultades para regularlos.

Estas serían facultades que el Poder Ejecutivo le quiere dar a la Segob: 

1-La Secretaría de Gobernación ejercerá facultades correspondientes a la administración de los tiempos de Estado y, en su caso, aquellos que establezcan otras leyes, encadenamientos nacionales y boletines, así como vigilar que las transmisiones de radiodifusión y contenidos audiovisuales se apeguen a lo establecido en la ley, debiendo sancionar su incumplimiento.

2-Monitorear los tiempos máximos para la transmisión de publicidad en las transmisiones de radio y televisión e informar al Ifetel los resultados del monitoreo para efectos del ejercicio de sus facultades de vigilancia.

3-“El Estado asume la obligación de propiciar que exista una radiodifusión de calidad dedicada a fomentar la educación y la cultura, a impulsar el desarrollo integral del ser humano, privilegiando el reconocimiento y valoración de la convivencia democrática, la pluralidad y la existencia de una sociedad multiétnica, con profundo arraigo en sus raíces históricas”, señala.

4-Para ello se deberá expedir una ley que crea un organismo público descentralizado, sectorizado en la Secretaría de Gobernación, denominado Sistema de Radiodifusión de México, con el fin de “asegurar un servicio de radiodifusión, radio y TV, en cada entidad de la Federación, a efecto de transmitir contenidos que promuevan la integración nacional“.

5-Sobre el nuevo organismo vigilante, apunta: El Sistema sustituirá al Organismo Promotor de Medios Audiovisuales (OPMA) y será el organismo público descentralizado encargado de proveer el servicio de radiodifusión sin fines de lucro, a efecto de asegurar el acceso al mayor número de personas… a contenidos que promuevan la integración nacional, la formación educativa, cultural y cívica, la igualdad entre hombres y mujeres, la difusión de información imparcial, objetiva, oportuna y veraz del acontecer nacional e internacional y dar espacio a las obras de producción independiente, promover el respeto a los derechos humanos así como la expresión de la diversidad y pluralidad de ideas y opiniones que fortalezcan la vida democrática de la sociedad.

Mientras tanto, a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes le corresponderá emitir una opinión técnica no vinculante sobre el otorgamiento, prórroga o revocación de concesiones.

De acuerdo con la iniciativa presidencial, la SCT “deberá adoptar las medidas para continuidad de los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión cuando el Instituto Federal de Telecomunicaciones le dé aviso en los casos previstos en la ley; planear, fijar y conducir las políticas y programas de cobertura universal y social; elaborar las políticas de telecomunicaciones y radiodifusión del Gobierno Federal; realizar acciones tendientes a garantizar el acceso a internet de banda ancha en edificios públicos y coadyuvar con los gobiernos locales para cumplir el mismo objetivo; establecer programas de acceso a banda ancha, administrar la capacidad satelital del Estado; llevar la representación internacional del sector ante organismos internacionales, así como la obtención y coordinación de posiciones orbitales”.

Por otra parte, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tendrá la facultad de “opinar sobre las contraprestaciones por el otorgamiento o prórroga de concesiones, así como por la autorización de servicios adicionales vinculados a estas”.

Mientras que en la Secretaría de Educación Pública recaerá el “promover la transmisión de programas culturales, cívicos, educativos y recreativos”.


En tanto que la Secretaría de Salud conservaría sus actuales facultades de “autorizar la transmisión de propaganda comercial relativa al ejercicio de la medicina y actividades conexas, así como de comestibles, bebidas, medicamentos, entre otros”.

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