FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
El Pleno del Senado aprobó la reforma que modifica el Artículo 41 de la Constitución, a fin de considerar como una causal de nulidad de elecciones no sólo la compra sino también la adquisición de cobertura informativa o tiempos de radio y televisión, que esté fuera de lo previsto en la ley.
El Pleno del Senado aprobó la reforma que modifica el Artículo 41 de la Constitución, a fin de considerar como una causal de nulidad de elecciones no sólo la compra sino también la adquisición de cobertura informativa o tiempos de radio y televisión, que esté fuera de lo previsto en la ley.
En la sesión de este miércoles y por unanimidad con 89 por votos se aprobó la reforma que incorpora el término “adquiera” al texto constitucional vigente, relacionado con el acceso a espacios informativos en los medios de comunicación y fue turnado a la Cámara de Diputados para su análisis.
En el dictamen se explica que la redacción actual del Artículo 41 sólo alude a la acción de la “compra” de dicha cobertura, lo que resulta limitado e insuficiente porque el acceso a los medios de comunicación “no necesariamente implica el pago de una contraprestación”.
Por eso, los senadores consideraron que con la adición del término “adquiera” se evitará la simulación que se puede dar al obtener de forma indebida cobertura informativa, pues existe “la posibilidad fáctica” de obtener espacios “con formas susceptibles de ser utilizadas por partidos políticos y candidatos” como la donación o la dación en pago.
En el dictamen se indica que con el objetivo de tener más cobertura informativa e incidir de esa manera en la decisión de la población en plena desventaja de sus adversarios.
El senador panista Javier Corral Jurado expuso que con la iniciativa que presentó el Ejecutivo federal se recoge el reclamo de diversos actores en cuanto a la observancia de los principios de equidad y participación sana en los procesos electorales.
Lamentó en tribuna que en diciembre pasado, la Cámara de Diputados haya modificado en el marco de la reforma constitucional en materia político-electoral el término comprar por adquirir y con ello, agregó, se beneficiaba a las empresas televisoras, al no poderlas sancionar por la ausencia de claridad en la adquisición de tiempos en los medios de comunicación.
el pri-pan-prd cumpliera alguna regla , estas al igual que las del fraude 2012 en 2018 se las van a pasar por los wevos asi tipifiquen que se anula la eleccion por compra de votos
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