martes, 20 de mayo de 2014

Puebla aprueba uso de armas contra manifestaciones

FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: ERNESTO AROCHE AGUILAR.

El Congreso de Puebla aprobó la iniciativa de ley impulsada por el gobernador, Rafael Moreno Valle, para el uso legítimo de la fuerza durante las manifestaciones. Una propuesta que fue rebautizada en redes sociales como Ley Bala.


Con el aval de la comisión legislativa de Derechos Humanos, el voto a favor de panistas, priístas y perredistas y con la oposición de diputados del PT, Convergencia y Verde Ecologista se aprobó en el Congreso de Puebla la iniciativa de ley impulsada por el gobernador Rafael Moreno Valle, para el uso legítimo de la fuerza durante las manifestaciones. Una propuesta que fue rebautizada en redes sociales como Ley Bala.

La iniciativa fue calificada por la organización no gubernamental Artículo 19 como una legislación que atenta contra la protesta social y viola los derechos humanos.

Luego de un análisis al dictamen aprobado por el congreso local, el organismo externó su preocupación por la creciente “criminalización indirecta de la protesta social” que se ha venido replicando en varios estados del país.


“En días anteriores, legislaciones locales han establecido restricciones ilegítimas a los derechos a la protesta social y la libertad de expresión. Legislaciones del Distrito Federal, Quintana Roo y Chiapas son ejemplos de esta amenaza sistemática. Desafortunadamente, la tendencia continúa esta vez en el Congreso de Puebla”.

El organismo señala además que  la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla y la Comisión Nacional de Derechos Humanos “están obligadas a interponer las acciones de inconstitucionalidad correspondientes, como parte del cumplimiento de sus obligaciones de garantía de los derechos humanos”.

 Aprueban por mayoría

En la sesión extraordinaria, a la que se convocó para aprobar un paquete de iniciativas relacionadas con la seguridad y los derechos humanos, entre ellas la iniciativa que abre la puerta a las fuerzas de seguridad para que repriman con fuerza letal las manifestaciones violentas, sólo un orador subió a tribuna a defender la ley: el priista Sergio Céspedes Peregrina, presidente de la comisión de derechos humanos.

Previo a la aprobación de la propuesta legislativa, el diputado del Partido Acción Nacional (PAN) y presidente de la Comisión de Seguridad, Franco Rodríguez, explicó que los principales criterios de aplicación de la nueva ley son el regular el uso de la fuerza no letal como macanas, balas de gibas y químicos, en caso de actos delictivos. Y precisó que solo se prevé el uso de armas de fuego cuando se ponga en riesgo la vida del uniformado o terceros.

Por su parte, el priista Cespedes Peregrina al momento de subir al estrado a fijar postura, planteó que la ley no limita la libertad de expresión, por el contrario, dijo, “resguarda la vida, propiedad y seguridad de manifestantes y de terceros; hay fortalecimiento de la autoridad, no autoritarismo”.

Agregó que la iniciativa “no es una licencia para reprimir o limitar el derecho a manifestarse, sino regular el uso de la fuerza de autoridades y evitar abusos”.

Minutos después de la sesión, el presidente de la bancada tricolor, Víctor Giorgana, reconoció que la iniciativa forma parte de una estrategia nacional que dice, pone reglas y límites a las fuerzas de seguridad en los estados.

Los puntos de la polémica ley

De acuerdo con el análisis realizado por Artículo 19 si bien la ley recoge algunos estándares internacionales también deja fuera otros que son indispensables para el ejercicio libre de los derechos.

“Entre otros problemas, establece una cláusula abierta para clasificar las armas no letales fuera de la ley; cataloga de manera general en manifestaciones violentas y pacíficas; establece criterios ambiguos y discriminatorios para determinar el tipo de operativo frente a cada manifestación; y es poco clara o incluso contradictoria en el tema del uso de armas de fuego en contextos de manifestaciones”.

Artículo 19 hace hincapié en la ambigüedad de ciertos apartados, por ejemplo aquellos en donde se hace mención a las manifestaciones violentas, cuando a decir del organismo los estándares internacionales señalan que las autoridades están obligadas a distinguir dentro de la masa de manifestantes a aquellos “que ejercen su derecho a manifestarse sin ser una amenaza y aquellas otras personas que por sus acciones son una amenaza inminente para la vida o integridad de terceros”, es decir, que se puede generalizar por una persona o grupo de personas a todo el movimiento.

“Las autoridades deben determinar qué personas llevan a cabo acciones que exceden el ejercicio legítimo de sus derechos y actuar en torno a ellas con estricto apego a sus derechos humanos”.

La organización señala también las contradicciones del artículo 46, “primero, establece una clara prohibición al uso de armas de fuego para la dispersión de manifestaciones, para luego señalar –en el mismo artículo y mismo párrafo- que “se dotarán a los elementos de los cuerpos policiales, de los distintos tipos de armas, municiones y equipo adecuado de modo que puedan hacer un uso diferenciado de la fuerza, así como de armas de fuego”.

“Esta disposición, lejos de fijar una prohibición a favor de los derechos involucrados, termina siendo poco clara y abriendo posibilidades de ser aplicada en contra de las personas que los ejercen, llegando al extremo de hacer uso de armas de fuego de manera letal en casos donde supuestamente busca evitarlo”.

Y concluye el organismo: “Estas disposiciones son una amenaza para la libertad de expresión y para las personas que ejercen la protesta social en el Estado de Puebla, pero además, son muestra de una tendencia preocupante en dirección a un mayor control por parte de las autoridades y a un menor espacio de ejercicio de libertades fundamentales de todas las personas”.

“Esta tendencia parece mostrar un intento sistemático de restringir las manifestaciones y de ampliar el uso discrecional y arbitrario de la fuerza en las mismas, contrariando una idea más robusta de democracia, donde la disidencia no sólo es tolerada sino que es valorada y tutelada como un elemento indispensable para ampliar el debate democrático”.

En Nuevo León se rechazó una ley similar


Y mientras en Puebla la iniciativa del gobernador pasó por mayoría en el Congreso, en otros estados propuestas de ley similares han sido rechazadas. Ejemplo de ello es el caso del Congreso de Nuevo León que en 2012 rechazó una ley al respecto con el argumento de que el asunto de la seguridad pública es un tema que atañe a los tres ordenes de gobierno, lo que obligar a que primero se redacte y apruebe una Ley General del Uso Legítimo de la Fuerza, “en donde esta faculte a las entidades federativas para el efecto de legislar localmente sobre la creación de mecanismos homogéneos en este tema partiendo de una ley madre”.

El dictamen aprobado por el congreso poblano:

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