FUENTE: PROCESO.
AUTOR: ERNESTO VILLANUEVA (ANÁLISIS)
Primero. A Gerardo Laveaga y a Juan Pablo Guerrero les tocó responder, como si tal cosa fuera posible ante hechos consumados de manera burda, a una serie de actos de corrupción detectados por la Auditoría Superior de la Federación (ASF, documento 349/2012 con oficio de orden AECF/0273/2013) precisamente en los tiempos de Peschard como presidenta. Cabe recordar que Laveaga asumió la presidencia del organismo el 21 de enero del 2013.
De entrada, la ASF afirma que “el IFAI comprometió alrededor de 683 millones 788 mil pesos para la compra del inmueble que es hoy su nueva sede y cuyo costo presenta una variación importante respecto de los 490 millones de pesos que, en primera instancia, la anterior comisionada presidenta (Jaqueline Peschard) había señalado como costo del inmueble”.
Más adelante, establece que el edificio de Insurgentes Sur 3211 no fue la mejor opción, “toda vez que se tuvieron que realizar contrataciones para adecuar el inmueble, cuyo costo ascendió a 108 millones 933 mil pesos, lo que representó un incremento de 22.2 % respecto de los 490 millones 208 mil pesos”. Cabe observar, prosigue, “que al término del periodo de arrendamiento financiero, de acuerdo con la tabla de amortización contenida en el estudio de costo-beneficio, habrá erogado en total una cantidad aproximada de 1’132,122.4 pesos”.
Por este hecho, la ASF determina que el órgano interno de control ante el IFAI “realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión (de nuevo Peschard) optaron por adquirir mediante un contrato de arrendamiento financiero un inmueble al que se le tuvieron que hacer modificaciones”.
Segundo. Además de privilegiar la asignación directa y la invitación a tres personas, y no la adjudicación pública internacional con testigos sociales independientes, lo que evitaría o dificultaría el uso indebido del dinero público, el IFAI de Peschard “al momento de suscribir el contrato (de traslado de muebles, celebrado el 29 de noviembre del 2012) no incluía dentro de su objeto social el servicio de traslado de mobiliario, lo cual se confirmó con un escrito de la empresa de 30 de noviembre de 2012”. Por eso la ASF ordenó al órgano interno de control ante el IFAI que “realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión (otra vez Peschard) autorizaron el procedimiento de adjudicación directa para la contratación de servicio de traslado de mobiliario, no obstante que el proveedor contratado no incluía este tipo de servicio en su objeto social, además de que tampoco acreditaron las pérdidas y costos adicionales a que se refiere el artículo 41, fracción III, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que justificaran el ejercicio de esa opción”.
En otra de las compras por adjudicación directa, el IFAI de Peschard ¡falsificó las cotizaciones!, habida cuenta que la ASF pudo verificar que: “el representante legal mencionó que en ningún momento recibió solicitud de cotización del IFAI, ni en medio físico ni electrónico; al cuestionarle sobre el escrito presentado por el IFAI en el que la empresa que representa cotizó el mobiliario solicitado por el instituto, informó que ni la persona que aparece como la que firmó la cotización, ni ninguna otra que labora en la empresa que representa, recibió ni suscribió cotización alguna; asimismo, informó que tampoco recibió del IFAI la invitación al procedimiento de adjudicación mediante la modalidad de invitación a cuando menos tres personas y, por lo tanto, tampoco participó en el mismo”.
Esto último representa un exceso que no sería aceptable ni siquiera en los sistemas de reclusorios, menos en el IFAI de Peschard, que resultó toda una revelación. También en este caso, la ASF instruyó al órgano interno de control ante el IFAI iniciar el procedimiento sancionatorio administrativo.
Tercero. En otras observaciones, la ASF comprobó la existencia de muebles no utilizados y embodegados, la falta de uso de distintos espacios físicos, etcétera, en violaciones de la ley. Es gravísimo que la institución que se supone debe garantizar la transparencia y la probidad haya recurrido a las viejas fórmulas de la corrupción cínica con la certidumbre de que no habrá consecuencia negativa alguna. El nuevo IFAI no debería dejar pasar estas acciones y omisiones de Peschard y su equipo, para desmarcarse desde un inicio de ese pasado inmediato impregnado de corrupción.
Precisamente con dichos registros, la ASF le pega al IFAI directamente en su línea de flotación, por lo que todas esas cuestiones deben ser atendidas conforme a derecho, caiga quien caiga de la cúspide a la base. Es lo menos que se puede esperar si se quiere un organismo nuevo, no sólo de manera formal.
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