FUENTE: PROCESO.
AUTOR: JESÚS CANTÚ (ANÁLISIS).
Los legisladores aprobaron tres modificaciones a las leyes recién aprobadas: una, al artículo 16 de la Ley General de Delitos Electorales (LGDE), que tiene que ver con las multas a los ministros de culto religioso que induzcan a votar a favor o en contra de determinado candidato; a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para derogar la pensión destinada a los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; y la ya citada de la LGPP respecto al cómputo de los votos de los partidos políticos coaligados en caso de que el elector marque más de un cuadro, que se aprobó en la Cámara de Diputados pero no en la de Senadores.
La cuarta modificación fue al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, equivalente a la Constitución de los estados, para adecuarla a los términos de la reforma político-electoral, que es responsabilidad del Senado de la República y que debió realizarse durante el periodo ordinario para permitir a la Asamblea Legislativa hacer los cambios necesarios en la legislación secundaria; aprobarla en este periodo extraordinario estrechó los tiempos de la Asamblea para empezar su trabajo….
Análisis que se publica en la edición 1964 de la revista Proceso, actualmente en circulación.
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