FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
"No existe certidumbre sobre algunos aspectos que pueden incidir en el plan de negocios de los interesados, lo que podría constituir un desincentivo a la inversión, tanto para posibles participantes como para la obtención de financiamiento", estableció.
En un comunicado, el órgano regulador señala que tomó esta determinación, ya que al encontrarse pendiente la emisión de la legislación secundaria derivada del decreto de reformas a la Constitución en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, no existe certidumbre”.
Ello, sobre algunos aspectos que pueden incidir en el plan de negocios de los interesados, lo que podría constituir un desincentivo a la inversión, tanto para posibles participantes como para la obtención de financiamiento.
“Toda vez que éste es el primer acto previsto dentro del proceso de licitación a cargo de los posibles interesados; en consistencia con este cambio, se modificaron también las fechas siguientes previstas en el calendario de las Bases de Licitación”.
Con esta decisión, permite que los posibles interesados en participar en la licitación de frecuencias de televisión abierta cuenten con mayor certidumbre sobre el marco normativo que regirá a las concesiones objeto de la misma, lo que podría incidir en su voluntad de participar o en sus posturas.
Subraya que esto es consistente con el mandato de asegurar la máxima concurrencia en las licitaciones públicas relativas a las concesiones del espectro radioeléctrico, previsto en el artículo 28 Constitucional, que en el caso particular tiene por objeto una mayor competencia en la televisión abierta.
El 7 de marzo pasado, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) publicó en el Diario Oficial la convocatoria para la licitación de 246 frecuencias de televisión abierta que serán concesionadas por 20 años.
De acuerdo con el calendario establecido por el órgano regulador, a más tardar el 25 de marzo de 2015 el Pleno debería emitir el fallo correspondiente, y dentro de los 30 días naturales siguientes notificar la decisión a los participantes.
El pago de la contraprestación, pago de derechos por la expedición del título de concesión y por el estudio de la documentación con motivo de su expedición, señala dicho plan debería realizarse dentro de los 30 días naturales siguientes a la notificación del fallo.
Asimismo, señala que procedería “al otorgamiento y firma de los títulos de concesión a los participantes ganadores dentro de los 15 días hábiles siguientes al cumplimiento de las actividades anteriores”.
El pasado 15 de abril, el Pleno del instituto fijó el valor mínimo de referencia en 830 millones de pesos para cada una de las cadenas de televisión, en tanto que la garantía de seriedad se estableció en 415 millones de pesos y deberá ser constituida por cada propuesta de cadena nacional presentada.
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