FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
AUTOR: TANIA L. MONTALVO.
Los dos grupos parlamentarios en diputados recolectaron, por separado, firmas para el recurso y ninguno logró las mínimas para acudir a la Corte. De haber ido juntos la cifra se hubiera alcanzado.
Los diputados del Partido Acción Nacional (PAN) y del Partido de la Revolución Democrática (PRD) no lograron ponerse de acuerdo sobre la acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, pues cada uno promovió un documento diferente y al final ninguno de los dos logró recolectar el número de firmas necesarias para el recurso.
De haber aceptado ir en conjunto, hubieran tenido las 167 firmas que exige la ley para interponer la acción.
Hasta las 24:00 horas de este miércoles 13 de agosto —último día para presentar la acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, 30 días naturales después de promulgada la Ley— el PAN contaba con la firma de 122 diputados y el PRD con 153 de las 167 que exige la ley para presentar el recurso.
La legislación vigente indica que cualquiera de las Cámaras puede interponer una acción de inconstitucionalidad si cuenta con el apoyo de 33% de sus integrantes: 44 en el Senado y 167 en Diputados.
“Tenemos una semana juntando las firmas y a horas de que venza el plazo nos faltan menos de quince, pero necesitamos que el PAN cumpla con su dicho de apoyar el recurso y firme”, dijo en entrevista la diputada del PRD, Purificación Carpinteyro, encargada de recolectar las firmas.
En la Cámara de Diputados circularon dos documentos para presentar una acción de inconstitucionalidad ante la Corte.
El primero, del PAN, se centró en señalar inconstitucionales sólo los artículos 189 y 190 de la ley, los cuales contienen los temas de geolocalización y retención de datos, que según los firmantes violan derechos a la privacidad y a la protección de datos.
El otro documento, del PRD, además de incluir esos temas de vigilancia y cooperación de los concesionarios con la justicia agregó el tema de competencia económica, declarando inconstitucional que el tema de preponderancia, es decir, concentrar más del 50% de los usuarios o del mercado, se mida por sector —telecomunicaciones y radiodifusión— en lugar de por servicio —televisión de paga, Internet, telefonía fija, telefonía móvil y TV abierta—.
“Lo que nosotros hemos argumentado es que firmemos lo que nos une, en el PAN completo hay consenso sobre algunos temas y por eso votamos a favor de la ley pero tenemos preocupación sobre estos temas (de vigilancia). Los otros asuntos de competencia que tiene la propuesta del PRD pues no todos los diputados del PAN los aceptan, pues son cuestiones por las que ya votamos a favor. Pero si en el Pleno ya presentamos una reserva en conjunto sobre el tema de geolocalización, vamos con ella y no hay que quedarnos sin nada”, dijo el diputado panista, Juan Pablo Adame.
Durante la discusión del 8 de julio en la Cámara Diputados, 97 de los 114 panistas votaron a favor en lo general de la Ley Federal de Telecomunicaciones que incluía el tema de preponderancia por sector. Sin embargo, junto con PRD, Partido del Trabajo y Movimiento Ciudadano también apoyaron una reserva —que presentó la diputada Beatriz Zavala— en la que cuestionaron que los artículos 189 y 190 violaban algunos derechos de la ciudadanía y no señalaban en qué casos y en qué circunstancias algunas autoridades iban a tener acceso a datos de los usuarios de telefonía móvil.
La perredista Purificación Carpinteyro dijo que 21 panistas se sumaron a la propuesta de acción de inconstitucionalidad que firmaron también 132 diputados de izquierda. Pero la cifra no fue suficiente para alcanzar las 167 firmas necesarias.
“Lo que nosotros propusimos fue: firmémonos los dos, al final de cuentas la del PRD incluye lo que tiene lo del PAN más toda la parte de la competencia económica. Nuestro argumento es si algunos, incluso panistas, ponen en discusión si la preponderancia debe ser por servicio o por sector que sea la Suprema Corte la que decida como poder autorizado para interpretar la Constitución. Y en lo demás (el tema de geolocalización y privacidad) que estamos de acuerdo pues avancemos”.
En el lado del PAN, se consiguieron sólo 19 firmas de diputados de izquierda y 103 de los 114 panistas de la Cámara Baja.
Ni en el IFAI ni en la CNDH
Otras opciones para presentar una acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión eran a través de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI).
En sesión pública de este miércoles, cuatro de los siete comisionados del IFAI votaron en contra de la acción de inconstitucionalidad.
Ximena Puente —comisionada presidenta—, Patricia Kurzcyn, Rosendoevgueni Monterrey y Francisco Javier Acuña consideraron que los artículos 30, 189 y 190 de la ley no violan el derecho a la información y protección de datos personales. Pero además, dijeron que el IFAI no está legitimado para presentar el recurso pues no tiene injerencia sobre los principios de legalidad, seguridad jurídica y derechos humanos que, se argumenta, también se violan en la legislación de telecomunicaciones.
En la CNDH, por su parte, no se emitió ninguna postura sobre la posibilidad de estudiar si el organismo estaría en posición de emitir una acción de inconstitucionalidad.
En la Comisión dijeron que el tema no fue retomado por el ombudsman, Raúl Plascencia; esto pese que organizaciones de la sociedad civil le solicitaron analizar el caso tras considerar que la nueva legislación viola el derecho a la libre expresión y discrimina a medios sociales.
Quienes sí acudieron a la Corte fueron los comisionados del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal (InfoDF), pues por unanimidad votaron que la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión viola el derecho a la privacidad y protección de datos.
Sin embargo, la Constitución indica que el InfoDF sólo puede impugnar las leyes emitidas por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) y no las del Congreso, por lo que se prevé que esta acción de inconstitucionalidad se declarada improcedente.
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