El reglamento de la Ley de la paraestatal contempla a un comisario que calificará el desarrollo anual de la petrolera. Su primera revisión será en el 2016.
Los miembros del Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos (Pemex) podrán pertenecer al mismo tiempo al Comité Técnico del Fondo Mexicano del Petróleo.
Lo estableció así el reglamento de la Ley de Pemex, publicado este viernes en el Diario Oficial de la Federación.
Las reglas para los consejeros incluyen que no pueden comprar deuda que esté garantizada por Pemex a menos que sea de inversiones en el mercado de valores.
Tampoco podrán presidir ninguna asociación que reciba donaciones de la petrolera, si éstas son de más de la mitad de sus ingresos anuales.
Cualquier juicio de dos integrantes del Consejo, el consejero jurídico de la Presidencia o el comisario del Consejo que presuma conflicto de interés será suficiente para que el presidente considere si se mantiene en el puesto.
Con las nuevas disposiciones Pemex tendrá un comisario, que evaluará el desarrollo anual de la petrolera. Su primera evaluación será en 2016.
Si un concursante en una licitación no está de acuerdo con el fallo podrá solicitar que se suspenda la ejecución de una compra o servicio, pero tendrá que pagar una fianza entre el 10 el 30 por ciento de su propuesta económica para cubrir los costos de postergar el fallo, si pierde la pelea legal.
Pero si la empresa que ganó pone una “contragarantía” por el mismo monto, no se suspenderá la ejecución.
Como las únicas medidas que se mencionan en contra de la corrupción, el Órgano Interno de Control de la petrolera se sustituye por una Unidad de Responsabilidades, que tendrá delegados en cada subsidiaria.
La invitación restringida y adjudicación directa no pueden rebasar el 30 por ciento del presupuesto para adquisiciones, arrendamientos y servicios cada año, ni se podrán fraccionar los contratos para quedar dentro de este monto.
Cada año, a más tardar el 15 de agosto, Hacienda enviará al Comité Técnico del Fondo Mexicano del Petróleo “su propuesta de dividendo estatal” que deberá cubrir Pemex y sus subsidiarias para el siguiente año. En los diez días siguientes el Comité responderá su opinión a la propuesta.
Los nuevos permisos
El reglamento de la Ley de Hidrocarburos, también publicado el viernes, comprende la Secretaría de Energía (Sener) otorgará una nueva asignación a Pemex sólo cuando presente costos de extracción similares al promedio del mercado y el área tenga recursos prospectivos mayores a los 2 mil millones de barriles de petróleo y gas.
El reglamento no establece porcentajes de contenido nacional. Al contrario, privilegia a los contratistas ya que cuidarán que “no genere ventajas indebidas que pudieran afectar la posición competitiva de asignatarios o contratistas”.
Justificando técnica y económicamente, la Sener puede autorizar en 40 días hábiles una cesión de un contrato que tenía Pemex a un privado.
También podrá renunciarse a un área asignada, siempre que lo autorice Sener y la petrolera presente “un plan que garantice la continuidad operativa y la transición ordenada”. Pemex deberá seguir trabajando el campo hasta que se asigne nuevamente o se firme un contrato con otra empresa.
En junio de cada primer año del quinqueno, la CNH propondrá a la Sener un plan quinquenal, que el próximo año se presentará en abril. Contendrá las áreas que se licitarán en el próximo lustro.
Cuando Pemex quiera migrar algún área de asignación a contrato, podrá hacerlo en apenas dos meses y medio con el aval de Sener, la opinión de la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) y Hacienda.
La licitación para contratar al comercializador que venderá los hidrocarburos producidos en México incluirá el margen o precio máximo aceptable por el pago de dichos servicios, el cual estará anclado a “condiciones de mercado”.
Los titulares de concesiones mineras podrán tener una adjudicación directa, siempre que muestren la existencia del recurso, el total de financiamiento, la adquisición de los equipos principales y ya haber invertido el 30 por ciento del presupuesto del proyecto en activos fijos.
En las áreas en las que convivan una mina y un contrato de exploración y extracción, la Comisión tendrá la última palabra sobre cuánto debe darle el privado al minero como contraprestación.
Estudios de impacto social
“No podrá otorgarse una asignación o publicarse una convocatoria para la licitación de un contrato (…) sin que se cuente con el estudio (de impacto social)”, dice en el texto del Reglamento.
El estudio incluirá características sociodemográficas, identificación de grupos en situación de vulnerabilidad, estimación preliminar de los impactos sociales positivos y negativos.
Sener prevé que los testigos sociales intervendrán cuando una de las partes lo solicite o cuando el estudio de impacto social concluya que “existen condiciones de riesgo y vulnerabilidad en el área”.
Los dueños de las tierras o los que quieran los derechos sobre ellas no tendrán a fuerza que tener el avalúo del Indaabin. Podrán pedirlo a instituciones de crédito, corredores públicos o profesionistas con posgrado en valuación.
Existirán mediadores de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), quienes podrán agilizar las negociaciones, regular los procesos de mediación y emitirán un dictamen para decretar “la servidumbre legal de hidrocarburos”.
Existirá un Consejo Consultivo para el fomento de la industria de hidrocarburos, que busca “apoyar las cadenas productivas relativas a la industria”.
Lo presidirá la Secretaría de Economía y lo integrarán la Sener, la CNH y la Comisión Reguladora de Energía.
Carta para Pemex
Sener enviará a Hacienda la información técnica y de costos y con ellos determinarán el mecanismo de adjudicación y sus variables, los criterios de precalificación, las reglas sobre el registro de costos, la procura de bienes y servicios, las reglas para las visitas y auditorías y para “la correcta operación de las contraprestaciones”, de acuerdo con el Reglamento de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.
Finalmente Pemex logró colocar en el reglamento que se “deberá contar con su opinión favorable” en los elementos técnicos, financieros, de ejecución y de experiencia que deberán reunir las empresas que participen en la licitación para asociarse con la petrolera cuando vaya a migrar de asignación a contrato en un yacimiento.
Cuando Pemex o CFE quieran migrar, Hacienda debe señalar observaciones para garantizar “que los ingresos del Estado no sean inferiores a los que se pudieran obtener conforme a la asignación o contrato originales”.
Hacienda buscará que las condiciones fiscales mantengan las mismas ganancias para el Estado que las asignaciones que antes tenía Pemex, pero no prevén ingresos extraordinarios.
Las cuotas contractuales sobre áreas de exploración serán actualizadas en enero de cada año conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor.
El Fondo Mexicano del Petróleo y Hacienda determinarán cómo y en qué moneda se harán los pagos de los contratos.
Hacienda podrá realizar auditorías a los aspectos financieros de los contratos o formular requerimientos de información por medio del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
FUENTE: REPORTE INDIGO.
AUTOR: PENILEY RAMÍREZ.
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