MÉXICO, D.F: Por unanimidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la solicitud del PRI para realizar una consulta popular que proponía reducir el número de diputados y senadores federales de representación proporcional.
El Pleno de la Corte resolvió que el tema que pretendía someterse a consulta entra en los supuestos que prohíbe el artículo 35 de la Constitución, ya que toca el tema electoral.
El máximo tribunal del país declaró inconstitucional la pregunta sugerida por el PRI, apoyada por 1.8 millones de ciudadanos, que planteaba la reducción de 200 a 100 en número de diputados plurinominales, además de suprimir las 32 senadurías asignadas por dicho principio.
El argumento de la Corte es que el artículo 35 de la Constitución prohíbe las consultas en materia electoral, así como el artículo 40 que estipula los principios del sistema democrático.
Los ministros consideraron que la disminución de representantes populares puede provocar un daño a los partidos políticos.
La pregunta que el PRI pretendía hacer en la consulta ciudadana es: “¿Estás de acuerdo en que se modifique la Constitución para que se eliminen 100 de las 200 diputaciones federales plurinominales y las 32 senadurías plurinominales?
Dicha pregunta fue presentada por el líder nacional del PRI, César Camacho Quiroz, a la Cámara de Senadores, que a su vez la turnó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
“Si bien la reducción de diputados es un tema de definición orgánica del Poder Legislativo, lo cierto es que también implica de manera indisoluble un tema electoral, en tanto que se reduce la participación de los partidos y se afectan los efectos de la votación de los ciudadanos sobre el grado de representatividad”, dijo Fernando Franco González, autor del proyecto de defensa.
Por su parte, el ministro José Ramón Cossío afirmó que la reducción de plurinominales podría impactar en la participación de los partidos políticos y en el grado de representación ciudadana.
En tanto, la ministra Olga Sánchez Cordero consideró que se vería un impacto en el régimen de los partidos y la forma en que operan los principios de mayoría relativa.
Esta es la cuarta pregunta que la Corte declara inconstitucional relacionada con temas de consulta popular. La primera fue del PAN que pretendía someter a consulta la pregunta sobre el aumento a los salarios mínimos; la segunda y tercera corresponden al PRD y Morena que buscaban llevar a consulta popular –cada uno por separado– la reforma constitucional en materia energética.
En los tres casos la Corte determinó que la pregunta que pretendían someter los partidos a consideración de los ciudadanos, era inconstitucional.
FUENTE: PROCESO.
AUTOR: REDACCIÓN.
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