Debe entregar versión pública de los expedientes de averiguación previa números PGR/FEMOSPP/011/2002 y PGR/FEMOSPP/002/2002, en donde se consignaron varias personas por el delito de genocidio, incluido el ex presidente Luis Echeverría.
El Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (Ifai) instruyó a la Procuraduría General de la República que entregue una versión pública de los expedientes de dos averiguaciones previas por delitos de genocidio en 1968 y 1971 contra varias personas, incluido el expresidente Luis Echeverría.
En respuesta a la solicitud de un particular, la PGR declaró inexistentes los expedientes de ambas averiguaciones, argumentando que éstas fueron consignadas a juzgados federales. El ciudadano se inconformó con esa respuesta, e interpuso UN recurso de revisión ante el IFAI, a quien el sujeto obligado reiteró su respuesta.
En el análisis del recurso, el comisionado ponente Joel Salas Suárez explicó que existen recursos de revisión anteriores sobre las mismas averiguaciones previas. Recordó que previamente el Ifai instruyó a la PGR entregar versiones públicas de los expedientes. Además, se identificó que el Ministerio Público, y por tanto la PGR, está obligado a conservar copia por duplicado de las actuaciones en sus archivos.
Por votación unánime de los comisionados, el pleno del Ifai revocó este martes la respuesta de la PGR y le instruyó a realizar una búsqueda exhaustiva de la información requerida en todas las unidades administrativas competentes, a efecto de entregar versión pública de los expedientes de averiguación previa números PGR/FEMOSPP/011/2002 y PGR/FEMOSPP/002/2002, en donde se consignaron varias personas por el delito de genocidio, incluido el ex presidente Luis Echeverría.
Cabe recordar que en noviembre de 2001 se creó la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (FEMOSPP), misma que en 2004 solicitó órdenes de aprehensión por genocidio contra el ex presidente Luis Echeverría Álvarez y el ex secretario de Gobernación Mario Moya Palencia, además de otras 10 órdenes (por homicidio calificado y lesiones) contra responsables de la matanza del 10 de junio de 1971. Entre ellas, se insertan las averiguaciones previas a las que se hace referencia en este caso.
“Los movimientos (de 1968 y 1971) permanecen en la memoria de los mexicanos… como un recordatorio permanente para garantizar los derechos fundamentales. En temas de crímenes contra la humanidad, genocidio y violación de derechos humanos, se debe privilegiar el principio de máxima publicidad… Incumplir con lo señalado en la Ley Federal de Transparencia, declarando inexistente información fundamental, es desconocer o negar episodios constitutivos de nuestra historia… se mina la confianza ciudadana en el Estado mexicano, efecto que urge revertir ante el contexto actual”, comentó el comisionado Salas.
De acuerdo con el comisionado ponente Joel Salas Suárez, la respuesta ofrecida anteriormente por la PGR es un ejemplo más de una práctica recurrente del sujeto obligado ya que, tan solo en 2014, la PGR alegó inexistencia en el 11% de las solicitudes de información recibidas y se ubicó entre los primeros cinco sujetos obligados ante los que se interponen más recursos de revisión, con 212 recursos.
FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.
No hay comentarios:
Publicar un comentario