México, DF. Las reformas a la Ley de Propiedad en Condominio de Inmueble para el Distrito Federal pone en riesgo el patrimonio de 4.5 millones de personas, quienes verán disminuida la plusvalía de su propiedad, quedarán en estado de indefensión frente a terceros y autoridades, y tendrán que absorber en muchos de los casos, los pagos de morosos, de establecerse un tope de 9 por ciento anual de interés y tener la posibilidad de pagarlo con trabajo.
En conferencia de prensa, Federico Sobrino, director del Instituto de Administradores de Inmuebles (IAI), señaló que estas modificaciones impulsadas por la Comisión de Vivienda de la Asamblea Legislativa, encabezada por la diputada petista Miriam Saldaña, van contra los condóminos responsables y favorece a los incumplidos, provocando que las reglas de convivencia creen conflictos entre vecinos, por lo cual “nos amparamos”.
Hasta el momento se han interpuesto 22 recursos contra los artículos 38 y 42 de la Ley que condicionan la validez de la administrador a un registro ante la Procuraduría Social, organismo que debido a la falta de capacidad y personal puede tardar tres meses o más, sin que exista alguien que resuelva cuestiones de seguridad, servicio o mantenimiento, y evita que este pueda estar más de dos años al frente del inmueble.
Mónica Miranda, asesora jurídica, confió en que este amparo indirecto sea considerado por las autoridades y éstas respondan a favor de los derechos de los condóminos, pues “la Prosoc está tomando facultades que le corresponden al condominio, violando su libertad, derechos y autonomía, pues le impide atener a un administrador más de tres años y exige la realización de cuatro asambleas, cuando “no es posible ni siquiera llevar una”.
Francisco Guerra, condómino, consideró que en esta ley “no se tiene la más remota idea de que es la administración de un condominio y conozco una sola ley en el mundo que obligue a realizar cuatro asambleas anuales, lo que es una locura y generará problemas tanto entre la comunidad, como en el mantenimiento de los inmuebles, porque se trata de una peregrina idea”.
Jorge Cámara, administrador inmobiliario, señaló que además se permite la morosidad de condóminos al fijar un tope de 9 por ciento anual de interés, cuando “la cultura de la morosidad es la queja más recurrente que dice recibir la Prosoc” y no puede declararse insolvente una persona que cuenta con una propiedad, mientras haya un patrimonio, existan recursos ante cualquier juicio, pero aquí “hasta les dan la oportunidad de pagar con trabajo”.
Por ello, demandaron una reunión con las autoridades capitalinas pata tratar este tema.
FUENTE: LA JORNADA.
AUTOR: LAURA GÓMEZ FLORES.
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