viernes, 6 de marzo de 2015

Piden a la SCJN atraer el caso de joven homosexual acusado de homicidio

MÉXICO, D.F: Integrantes de la organización civil Letra S, junto con familiares y amigos de Óscar Ramírez Siordia, sentenciado a 27 años y medio de prisión por el delito de homicidio calificado en contra de su pareja, presentaron esta mañana la campaña #JusticiaParaOscarR para denunciar la discriminación de la que fue objeto debido a su orientación sexual.

A casi cinco años del encarcelamiento de Oscar, demandaron la “justa revisión del caso” en apego a los mandatos constitucionales del respeto a los derechos al debido proceso y a la no discriminación y trato igualitario ante la ley.

A fin de garantizar investigaciones y procesos judiciales libres de prejuicios derivados de la orientación sexual o la identidad de género de las personas, la Clínica de Interés Público del Centro de Investigación y Docencia Económicas, cuerpo de abogados defensores de Óscar, solicitó la atracción del caso por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

En un comunicado, destacaron que la campaña #JusticiaParaOscarR pretende dar visibilidad y subrayar la relevancia pública del caso, ya que el de Óscar no es el único caso producto de los prejuicios homofóbicos de jueces y agentes de investigación.

“Cuando el sistema de justicia penal se encuentra ante casos de homicidios de personas homosexuales, de inmediato el prejuicio se activa y se califica en automático como ‘crimen de tipo pasional’, lo que lleva a incriminar a las parejas o amantes de las víctimas, como le sucedió a Óscar”, detallaron.

La mañana del 7 de julio de 2010, al acudir al departamento de Jacobo, su pareja por más de cinco años, Óscar, de 23 años de edad, encontró el cuerpo sin vida y de inmediato llamó a la policía y a los familiares de la víctima.

Óscar fue llevado al Ministerio Público en calidad de testigo y de ahí pasó a la calidad de probable responsable. Las autoridades alegaron aparentes contradicciones en su declaración debido a que él vio al victimario en el departamento de su pareja el día en que fue asesinada.

Cuando Noé fue detenido, un mes después del hecho, declaró haber actuado solo y confesó que luego de atacar a la víctima extrajo algunos objetos de su domicilio. Además refirió no conocer a Óscar.

En su declaración confesó haber tenido una cita con Jacobo para sostener relaciones sexuales a cambio de un pago. Noé confirmó que Óscar salió del departamento poco tiempo después de haber llegado él con Jacobo. Ya estando solo con la víctima, Noé decidió no cumplir con el acuerdo y, en cambio, lo golpeó y sometió físicamente para dejarlo tendida en el suelo y llevarse una laptop y un celular.

Los promotores de la campaña sostuvieron que a pesar de esta confesión, la juez 49 Penal en el Distrito Federal que dictó la sentencia desestimó la declaración de Noé y determinó que ambos actuaron en complicidad, como sostuvo la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF), con base en estudios periciales mal elaborados y sin cadena de custodia, así como interpretaciones indebidas de la necropsia.

Sobre los supuestos motivos que los llevaron a cometer el crimen, el expediente asienta que “el único dato que se tiene” es que fueron de “carácter pasional”, juicio basado solo en la oriental sexual real o percibida de los involucrados.

Por todas estas irregularidades se interpuso un recurso de apelación en contra de la sentencia, que fue rechazado por el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. Ante los hechos, en julio de 2014 se presentó una demanda de amparo directo por violaciones a los derechos constitucionales a un debido proceso, a la no discriminación y al principio de igualdad en función de la orientación sexual, violándose los artículos 1, 14, 17 y 20 de nuestra Constitución.


Las organizaciones e instituciones acompañantes de Oscar consideran que se trata de un caso emblemático que debe ser valorado en función del Protocolo de Actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren la orientación sexual o la identidad de género dado a conocer por la SCJN en agosto de 2014.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: REDACCIÓN.

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