lunes, 27 de abril de 2015

Alistan senadores dictamen que favorece minería peligrosa, acusa ONG

MÉXICO, D.F: Un dictamen de reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT), que favorece la extracción carbonera con procedimientos letales, será presentado mañana (Martes) al pleno del Senado para su aprobación.

La Familia de Pasta de Conchos, organización que agrupa a defensores de derechos humanos laborales y víctimas de la minería de carbón de Coahuila, dio a conocer hoy una serie de anomalías en el dictamen que van desde la falta de conceptos y definiciones, hasta regulaciones técnicas que hacen legal el tipo de minería en la que han muerto 105 personas en los últimos nueve años.

Los documentos del predictamen fueron entregados a Apro junto con un análisis de la mencionada organización ciudadana que, entre otras cosas, expone la laxitud para prohibir la minería de alto riesgo, sino que carece de estímulos para los empresarios que sí respetan normas de seguridad e higiene.

En febrero de 2014, víctimas y defensores acudieron al Senado de la República para exponer la necesidad de las prohibiciones. Con fotografías, estudios técnicos, expedientes de diferentes casos y comparativos con legislaciones internacionales, demostraron que los llamados pocitos, las cuevas y lo que ahora han dado en llamar minitas de arrastre son altamente peligrosas.

Los pocitos son tiros verticales sin salida ni ventilación, cuya estructura es insuficiente para garantizar la seguridad de los trabajadores ante una contingencia; las cuevas son eso, y en meses recientes se ha mostrado que operan inclusive en paredes de tajos (minas a cielo abierto) abandonados; en tanto, las minas de arrastre, consideradas las más seguras por su diseño, son invocadas por productores para no invertir en medidas de seguridad bajo la expresión “minita de arrastre”.

El dictamen que se presentará mañana, no sólo evita definir los diferentes procesos, los aborda de manera indistinta y aplica el vocablo, “pocito artesanal” o “mina artesanal”, sin contemplar qué es artesanal y no, pues no establece cómo deben ser.

Peor aún. Prohíbe los tiros verticales a 100 metros de profundidad, pero permite a más de 100 metros, sin contemplar que a mayor profundidad mayor es el riesgo en los llamados “pocitos” que, actualmente operan en muchos casos a 80 metros.

Permiten además la operación de tiros inclinados a menos de 100 metros, cuando esa es precisamente la modalidad en la que operan las cuevas, a las que sólo se les amarra un carro a un malacate rudimentario y que es el tipo de extracción en la que se han registrado más accidentes.

La Familia de Pasta de Conchos advierte también que se autoriza la operación de tajos a cielo abierto pero no se establece la forma de operación, mecanismos para el financiamiento de los empresarios del carbón ni las sanciones para quienes operen de manera ilegal o para la reparación del daño ambiental una vez que se abandonan los tajos.

Además, el artículo 343 E, que pretende reformarse, plantea que los responsables y encargados directos de la operación, serán sancionados cuando no implementen medidas de seguridad. Sin embargo, en ese caso, no se menciona a los concesionarios ni empresarios de las minas.

La propuesta en el mencionado artículo es tan laxa, que ni siquiera contempla ese tipo de sanciones para quienes operen de manera clandestina, por lo que se deja la puerta abierta a la ilegalidad.

Otro aspecto tiene que ver con las sanciones, pues en el dictamen se contemplan penas de prisión de 6 a 9 años y multas de hasta 10 mil salarios mínimos, cuando se produzca la muerte de uno o varios trabajadores en tiros verticales “en forma artesanal”.

De acuerdo a la Familia de Pasta de Conchos, “no es la vida y la integridad de los trabajadores lo que importa, pues si matan de 1 a 15 trabajadores o a 65 la pena es la misma. No aplican acumulación. Es una penalización dedicada a pozos y cuevas, pero no a la gran minería como la de Pasta de Conchos, donde murieron 65 trabajadores”.

En 2012 y 2013, Apro informó de diferentes irregularidades en el proceso legislativo, primero cuando un dictamen que prohibía la minería de alto riesgo, que estaba aprobada en comisión, fue modificado para su publicación durante la aprobación de la Reforma Laboral. El mismo procedimiento ocurrió durante la Reforma Energética, dejando a salvo los intereses empresariales.

En esas discusiones legislativas y en la actual, se emplea el término “minería artesanal”, como si se tratara de una tradición o de derechos adquiridos por usos y costumbres, cuando en realidad, toda la extracción carbonera depende de acaudaladas familias, políticos y más recientemente, también por el cartel de Los Zetas (Proceso 1880).

Además de caciques locales relacionados con los tres partidos de mayor representación electoral, destacan políticos como Rogelio Montemayor Seguy, exdirector de Pemex; empresarios como Antonio Nerio, quien el año pasado compró el club de béisbol Saraperos; y narcotraficantes como Heriberto Lazcano Lazcano, quien llegó a poseer ese tipo de minas que en el Senado llaman “artesanales”.

Desde el siniestro en la mina 8 Unidad Pasta de Conchos, el 19 de febrero de 2006, a la fecha, han muerto 170 trabajadores por condiciones de inseguridad en las minas de carbón, 105 de ellos, en pocitos y cuevas.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: ARTURO RODRÍGUEZ GARCÍA.

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