Debe resolver si otorga a Aristegui una suspensión definitiva contra el intento de MVS de terminar, anticipadamente, el contrato que firmó con la periodista.
Un juez federal aplazó la audiencia del lunes 27 de abril, en la que escucharía a la periodista Carmen Aristegui y a los representantes de MVS; la nueva fecha que estableció para la misma, es el próximo martes 12 de mayo, a las 10 horas.
Fernando Silva García, juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa, atiende el amparo promovido por la periodista, con el que impugnó el intento de terminar, anticipadamente, el contrato que tiene con Noticias MVS, así como los lineamientos que dicha empresa fijó a sus conductores.
De acuerdo con el sitio web del diario Reforma, el juez notificó que el 12 de mayo será la nueva fecha para la audiencia, en la que debe resolver si otorga a Aristegui una suspensión definitiva, y cuáles serían sus efectos legales.
Pese a que el juez buscó una conciliación entre la empresa y la comunicadora, por lo que ordenó una reunión entre ambas partes el pasado 24 de abril, MVS impugnó y el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa consideró que Silva se excedió al ordenar esa negociación, que quedó cancelada.
La Jornada apuntó que, en un acuerdo judicial publicado este martes en las listas del juzgado octavo de distrito en materia administrativa a cargo del juez, se menciona que el juzgador requirió tanto a Grupo MVS como a Aristegui que aporten todas las pruebas documentales antes de esa fecha para que no vuelva diferirse la audiencia.
En una nota de Alfredo Méndez, publicada este martes en dicho diario, se indica que MVS no había enviado sus informes previos justificados en los que deberá manifestar si son ciertos los actos reclamados por Carmen Aristegui.
En entrevista para La Jornada, el abogado civilista Xavier Cortina, socio de Javier Quijano Baz (ambos abogados de Carmen Aristegui), consideró que el juez Fernando Silva, hijo del ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación Juan Silva Meza, sí tiene posibilidades jurídicas de otorgar una suspensión definitiva a la periodista.
Cortina expuso que el principio fundamental de la suspensión de amparo es que se mantenga la materia del mismo. “La suspensión existe para que no se pierda la materia del amparo. El mayor ejemplo es el de la orden de fusilamiento: se pide la suspensión para que no me fusilen, porque una vez fusilado ya no habría materia para el amparo.
“En ese sentido, existe una serie de principios: la suspensión no procede sobre actos negativos, tampoco se puede conceder sobre actos consumados ni sobre actos futuros de realización incierta. Sin embargo, para que se conceda la suspensión, al juez le basta con determinar si existe el principio jurídico que en la doctrina se conoce como apariencia del buen derecho y el de la ausencia de la medida.
“Entonces: el juez tiene que analizar esos dos supuestos. ¿Cual es la situación de hecho existente en el caso de la señora Aristegui? Y aquí podría decirse: como Carmen ya no está al aire, estamos frente a un hecho consumado. Bueno, pero aquí cabe una acotación: ciertamente no está al aire hoy, no estuvo ayer ni estuvo antier, pero puede estar mañana. Es decir, a Aristegui no la pueden restituir respecto del tiempo pasado, pero sí la pueden reinstalar respecto del tiempo que le falta en su contrato.
En ese sentido, no es que la suspensión sea retroactiva ni restitutoria de garantías, sino que busca cuidar que no se pierda la materia del amparo, y para ello se requiere que a Carmen se le reinstale en lo inmediato en el espacio radiofónico que tenía de lunes a viernes en MVS, expuso el abogado al reportero del referido periódico.
En tanto, CNN informó que, paralelamente al juicio en curso, MVS solicitó que el juez Octavo de Distrito fuera apartado del juicio de amparo. Los magistrados aceptaron este mismo día la solicitud a fin de que la empresa presente sus motivos.
FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.
No hay comentarios:
Publicar un comentario