MONTERREY, NL: El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió una resolución que permite a todos los candidatos a un puesto de elección popular acceder al mismo tope de financiamiento, incluidos los independientes.
Lorenia Canavati, candidata independiente a la alcaldía del municipio conurbado de San Pedro, Nuevo León, informó que el pasado 6 de mayo, la sala regional del Tribunal se pronunció a favor de proteger la equidad entre aspirantes con y sin partido, al permitir que el límite de gastos de proselitismo de su campaña sea de 992 mil 925 pesos, igual al del resto de sus contrincantes.
Inicialmente, la Comisión Estatal Electoral (CEE) le había fijado a Canavati un financiamiento público de 21 mil 048 pesos, pero no le había establecido reglas para financiamiento privado, lo que la había dejado en una incertidumbre jurídica que decidió combatir.
Esta decisión, dijo, opera para todos los candidatos sin partido que compiten en el país, beneficiados por las reformas constitucionales del año pasado.
“Esta resolución me ataña a mí, pero es un precedente sólido que impacta y da certidumbre jurídica a todos los candidatos independientes del país (…). El precedente que se sienta para todos los candidatos independientes es que a través del financiamiento privado podemos estar en igualdad de condiciones económicas para competir con los partidos políticos”, declaró.
El 29 de mayo la aspirante a edil presentó un juicio de inconformidad en el Tribunal Electoral de Nuevo León para que revisara la distribución del financiamiento público en gastos de campaña para las candidaturas independientes de 2015, que fueron previamente fijadas en el acuerdo CEE/CG/37/2015 del pleno de la Comisión.
La demandante consideró que el tope resultaba inequitativo entre los candidatos, por lo que presentó un recurso de protección de derechos político electorales del ciudadano en la Sala Regional del TEPJF, de la segunda circunscripción electoral plurinominal.
En su resolución, el Tribunal aclaró que la CEE no fijó expresamente los límites del financiamiento privado entre candidatos independientes, por lo que, de acuerdo con el artículo 217 fracción IV de la Ley Electoral, Canavati no tenía restricciones para captar apoyos de particulares, omisión que ya fue subsanada con el fallo.
La candidata explicó que la preponderancia del financiamiento público sobre el privado expresado en el Artículo 41 fracción II de la Constitución Política de México sólo aplica a los partidos políticos y no a los candidatos independientes.
De acuerdo con los abogados de la candidata independiente, este principio constitucional está diseñado para el régimen de partidos, que atiende a la distribución de financiamiento público entre ellos, según su representatividad ante la ciudadanía.
Este principio no es aplicable a las candidaturas que son presentadas sin respaldo de organismos políticos, que no son permanentes como organizaciones de interés público y que no tienen estructura ni organización de militantes.
“Esto quiere decir que aunque se nos han puesto muchas trabas hemos ido superando una tras otra. Se están cayendo los muros para el verdadero cambio democrático en México.
FUENTE: PROCESO.
AUTOR: LUCIANO CAMPOS GARZA.
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