MÉXICO, D.F: El Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito en esta ciudad concedió un amparo directo al joven Óscar Manuel Ramírez Siordia y ordenó su libertad inmediata, por considerar que el juicio que se le siguió por el homicidio de Jacobo, su pareja, no tuvo la debida cadena de custodia como lo marca la ley.
Hasta el cierre de esta edición, familiares, amigos y abogados esperaban afuera del Reclusorio Oriente la salida del joven de 28 años, luego de estar preso desde el 7 de julio de 2010, hace casi un lustro.
El magistrado presidente del Quinto Tribunal, Horacio Armando Hernández Orozco, presentó este jueves el proyecto de resolución, mismo que consideró que el juicio llevado por la juez 49 Penal del Distrito Federal, Celia Díaz Negrete, –quien lo sentenció a 27 años y seis meses de prisión– estuvo basado en “inferencias de lo que ella creyó que sucedió”, en “conjeturas”; es decir, que hubo insuficiencia probatoria.
Alejandro Brito, director de la asociación civil Letra S, Sida, Cultura y Vida Cotidiana, misma que acompañó a la defensa del joven, explicó que el proyecto de resolución del magistrado Hernández Orozco destacó las inconsistencias en las supuestas pruebas que incriminaban a Óscar.
Por ejemplo, dijo en entrevista con Apro, se confirmó que hubo fallas en el resguardo del cabello que el Ministerio Público ofreció como prueba del crimen. Y es que no se pudo acreditar si se recogió del cuerpo de la víctima o era el que le pidieron al inculpado. La razón: las bolsas donde se guardaron no estaban etiquetadas, no marcaban su origen ni la fecha de recolección. Además, no se les aplicaron pruebas de ADN que confirmaran que pertenecían a Óscar.
Otro de los argumentos fue que no se tomó debidamente en cuenta el testimonio del inculpado, quien aseguró que la noche en que se cometió el crimen estuvo en su casa y no con la víctima. Tampoco se valoró la confesión de Noé, un joven de 19 años detenido días después del crimen, quien aseguró que aquella noche estuvo con Jacobo, pero luego de que éste se negó a pagarle dinero por tener relaciones sexuales, le aplicó una llave conocida como “mataleones”, le robó una computadora y un teléfono celular y huyó.
Luego de estar presente en la sesión de este jueves, Alejandro Brito, aseguró: “El magistrado concluyó que no hay una prueba contundente de que Óscar estuvo presente en la comisión del delito. Con ello le dio la razón al argumento de la solicitud de amparo que trabajó la defensa”.
El activista celebró la decisión del magistrado Hernández Orozco, así como de Silvia Carrasco Corona y Juan Wilfrido Gutiérrez Cruz, integrantes del Quinto Tribunal.
Sin embargo, destacó que en la discusión se desestimó el argumento de la violación al derecho humano de Óscar a la no discriminación por su orientación sexual, pues lo consideraron como “infundado”.
Y es que en la primera sentencia dictada por la juez Díaz Negrete, se consideró que la muerte de Jacobo fue por un “crimen pasional”.
Pero hay que poner atención, dijo Brito, “eso no significa que esa situación no haya existido. Para nosotros es claro porque la primera sentencia de la juez dijo que el único motivo que encontró fue el pasional y desestimó el móvil del robo. Desde el principio Óscar dijo que era homosexual igual que la víctima y por los prejuicios del sistema de justicia, enseguida aseguraron que era un crimen pasional”.
Además de Letra S, en la defensa del joven participó la Clínica de Interés Público del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), así como la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, –donde Óscar comenzó a estudiar Derecho desde prisión–, misma que presentó un recurso Amicus Curiae para apoyar la solicitud de amparo en favor del defendido.
Hasta el cierre de esta edición, mientras esperaban la salida de Óscar del reclusorio, Alejandro Brito comentó que según el propio interés del joven, en los próximos días valorarán los pasos a seguir ahora en libertad, “para que su caso tenga una repercusión en los juicios de todos los gays que se encuentran cumpliendo una sentencia injusta en la cárcel”.
FUENTE: PROCESO.
AUTOR: SARA PANTOJA.
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