MÉXICO, D.F: El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Secretaría de Economía (SE) buscar y dar a conocer información relacionada con los títulos de concesión otorgados a las empresas mineras que operan actualmente en Cananea, Sonora.
En particular, aquellos que hasta el pasado 13 de marzo se encontraban en trámite y que pueden modificar el estatus de los títulos de concesión mencionados.
Además, la SE deberá especificar el tipo de movimiento –cesión de derechos, arrendamientos, cambios de nombre, cambios de titularidad—la fecha y las partes involucradas.
Cuando un particular solicitó esa información a través de la ventanilla de transparencia, la SE le respondió que podía consultarla en el Sistema de Administración Minera (SIAM) y le proporcionó la liga electrónica correspondiente.
Sin embargo, el solicitante se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el INAI que fue turnado a la comisionada presidenta del INAI, Ximena Puente de la Mora. En dicho recurso el requirente manifestó que la información del SIAM está incompleta y desactualizada, por lo que no atendía su solicitud.
Precisó que requería en formato digital las fuentes originales de la información que alimenta las tarjetas disponibles en el SIAM. Además, reclamó, la SE le proporcionó una base de datos similares a los ahora requeridos, en formato Excel, en una solicitud presentada con anterioridad.
En alegatos, la SE insistió en que la información solicitada sólo se encuentra disponible en los formatos del SIAM y del Sistema Integral de Información de Minas (SIDIGEM) y que entregarla en formato Excel implicaría “desviar recursos humanos y materiales para generar un documento ad hoc”, ya que existe un rezago de más de 700 asuntos en la atención de los trámites de inscripción de actos y contratos en el Registro Público de Minería.
Al analizar el caso, la comisionada determinó que el SIAM no da repuesta al requerimiento del particular, porque dicho sistema es alimentado con la información inscrita en el Registro Público de Minería, y el solicitante precisó que requería información que se encontraba en trámite y, por tal motivo, no había sido inscrita en dicho Registro.
Por otra parte, abundó, de acuerdo con el Programa Nacional de Desarrollo Minero 2001-2006, el SIDIGEM registra de manera inmediata fecha y hora en la que se ingresa cada trámite, la agencia y subdirección de minería en donde fue recibido y los datos generales del solicitante.
Por ello concluyó que la información del SIDIGEM da repuesta a la solicitud del recurrente.
Respecto del argumento de la SE para negarse a proporcionar la información en formato digital, Puente de la Mora indicó que al responder solicitudes anteriores la dependencia entregó información extraída del SIDIGEM, en formato Excel, y no advirtió impedimento alguno para proporcionarlo en dicho formato.
Al argumentar su resolución ante el pleno del INAI la comisionada destacó la importancia de conocer información como la solicitada, en particular en el caso de Sonora que, según datos del Servicio Geológico Mexicano, en 2013 tuvo una participación del 31.80% en el Producto Interno Bruto generado por la industria minero-metalúrgica, lo cual colocó a la entidad en el primer lugar nacional en este rubro.
“Asimismo, vale la pena mencionar que como parte del Plan de Acción 2013-2015 de la Alianza para el Gobierno Abierto (AGA) se formuló el compromiso ‘Minería para todos’, que tienen entre sus principales objetivos eliminar obstáculos para la transparencia, la rendición de cuentas y el acceso a la información”, subrayó la comisionada.
Finalmente la comisionada propuso revocar la respuesta de la SE e instruirla a realizar una búsqueda exhaustiva en todas sus unidades administrativas competentes, entre ellas la Subdirección de Registro Público de Minería y el SIDIGEM, a fin de que entregar al recurrente la información de su interés.
FUENTE: PROCESO.
AUTOR: REDACCIÓN.
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