MÉXICO, D.F: A partir de este miércoles, cualquier servidor público capitalino implicado en el delito de desaparición forzada podrá ser condenado a una pena de 20 a 40 años de prisión y la inhabilitación definitiva para ejercer un cargo en el gobierno.
Así lo dio a conocer el jefe de Gobierno de la capital, Miguel Ángel Mancera, al promulgar y publicar el Decreto de Ley para Prevenir, Eliminar y Sancionar la Desaparición Forzada y la Desaparición por Particulares en el Distrito Federal.
En el Antiguo Palacio del Ayuntamiento, el mandatario local destacó que la publicación de dicha ley significa “un avance para la Ciudad de México, un compromiso para los servidores públicos y una señal de que en la capital del país se trabaja en la atención y protección de las víctimas”.
Agregó que también impulsa un trabajo de adecuación normativa a los estándares internacionales de derechos humanos y de la desaparición forzada.
El decreto incluye la elaboración de un Sistema de Información de Víctimas de Desaparición para el intercambio de información con las demás entidades federativas y la generación de un esquema “eficiente” de búsqueda de las víctimas con la Procuraduría General de la República (PGR) para su localización.
En su discurso, Mancera Espinosa llamó a trabajar en una homologación federal en la parte general del Código Penal pues destacó la importancia de no tener tipificados de manera diferente la autoría, la tentativa y las formas de participación en los delitos.
“Debemos tener una homologación a nivel federal porque si no, vamos a tener un Procedimiento Penal que es muy bueno, que esté homologado, una ley general, pero en el momento de trabajar la autoría, la participación, la tentativa, todas las tareas que tienen que ver con la parte general, vamos a encontrar varias contradicciones”, alertó.
Por ello, el funcionario adelantó que su administración presentará en breve una iniciativa ante la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) para que ésta la envíe al Congreso de la Unión.
Santiago Corcuera Cabezut, integrante del Comité sobre Desapariciones Forzadas de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), consideró que esta ley llena “importantes vacíos legales que existían” y da “ejemplo de buenas prácticas” sobre cómo responder a la necesidad de una adecuada tipificación de estos delitos.
El especialista destacó: “Se incluye el tipo penal de la desaparición forzada perpetrada por particulares además de aquella donde hay intervención de agentes del Estado directa o indirectamente, porque no puede ignorarse que en el contexto reciente de nuestro país se perpetran sinnúmero de desapariciones de este tipo”.
Javier Hernández Valencia, representante en México del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, comentó que con la promulgación de esta ley se da un “avance significativo” en el cumplimiento de los compromisos internacionales establecidos en las Convenciones de las que México es parte.
Perla Gómez, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF), destacó que con esta promulgación se fija un criterio sobre todo en desaparición entre particulares, tipo penal que no existe en otras legislaciones.
Otro factor a resaltar, dijo en entrevista posterior al acto oficial, es la parte de la declaración de ausencia “para que no se paralicen los trámites de las personas que están en espera de que regrese con vida su familiar. Son dos grandes aspectos que se regulan en esta legislación”.
Gómez Gallardo mencionó la importancia de que existan registros confiables que generen bases de datos adecuadas, “porque no tenemos una certeza institucional, coordinada en el país que nos permita identificar todos los casos, pero más que nada prevenirlos y atenderlos”.
–En el caso del DF, ¿hay alguna recomendación a alguna dependencia por desaparición forzada?, le preguntó la prensa.
–Tenemos 22 quejas en los términos, pero se están documentando, aseguró.
“Ley criminal única”
Al término del acto oficial, Miguel Ángel Mancera propuso homologar los códigos penales del país en su parte general, así como avanzar hacia una “ley criminal única”, como ya sucede en otros países.
En conferencia de prensa, detalló que hay causales previstas en el Código Penal del Distrito Federal que no existen en otras entidades. Por ejemplo, explicó, la “tentativa” de un delito tiene una descripción en la Ciudad de México distinta a otros estados.
Por ello, agregó, “si inicias la persecución de un delito aquí (en el DF), pero concluye en otro estado y en ese estado no se sanciona la tentativa, pues ya no hay delito”.
FUENTE: PROCESO.
AUTOR: REDACCIÓN.
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