El Congreso de Coahuila aprobó la entrega de pensiones en caso de relaciones extramaritales, aunque no haya hijos de por medio.
“Al cesar la relación (…) y alguno de sus integrantes carece de ingresos o bienes que produzcan frutos suficientes para su sostenimiento, tiene derecho a una pensión alimenticia por un tiempo igual al que haya durado aquella relación”, dice el artículo 284 de la recién reformada Ley para la Familia de esa entidad.
La ley incluye también en ese artículo las circunstancias en la que debe estar la pareja para que se apruebe la pensión:
- Que la relación de pareja este fundada en la afectividad, el consentimiento y la solidaridad libremente aceptada;
- que tenga una relación de convivencia estable aunque concurran con respecto al deudor alimentista diversas formas de convivencia como el matrimonio o el concubinato;
- que se acredite dependencia económica.
De acuerdo con un reporte del diario El Financiero, el legislador del PAN, Jesús de León Tello, su bancada pidió “poner candados” a la ley para evitar “una serie de demandas que no tengan justificación, por eso eso pedimos que se especifique un lapso mínimo de tres años como tiempo de la relación“.
La ley fue aprobada con 22 votos a favor y dos abstenciones.
FUENTE: ANIMAL POLÍTICO.
LINK: http://www.animalpolitico.com/2015/11/legisladores-de-coahuila-aprueban-pension-en-relaciones-extramaritales/
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