miércoles, 4 de noviembre de 2015

#LeyFayad y TPP, provocaciones a derechos en Internet

MÉXICO, DF: “Pirómano” y excesivo como suele ser en sus declaraciones, el senador hidalguense Omar Fayad, del PRI, asumió así su derrota frente a la intención de lanzar una Ley Federal para Prevenir y Sancionar Delitos Informáticos: “No sólo la vamos a retirar, la vamos a quemar”.

El gusto al legislador priista no le duró ni una semana. Desde el martes 27 de octubre, cuando fue presentada tras una serie de consultas controladas con representantes de la Policía Federal Preventiva, la #LeyFayad nació muerta.

Fueron tan absurdos sus presupuestos y artículos que pareció más una provocación que un ejercicio legislativo serio. Organizaciones como la Red de Defensa de los Derechos Digitales (@R3dmx), así como Artículo 19, la AMEDI, el colectivo Anonymous y miles de usuarios y especialistas en la neutralidad de la red le demostraron al propio Fayad que antes de criminalizar debía entender el ciberactivismo y, en especial, la defensa de los derechos en la red.


Fayad no pudo defender de manera convincente ninguno de los artículos más polémicos de la ley que fue bautizada con su nombre porque simple y sencillamente era difícil argumentar a favor de artículos tan retrógrados como el 17 o los del 21 al 24 de la #LeyFayad.





Por ejemplo, el artículo 17 estipulaba que “a todo aquel que dolosamente destruya, inutilice, dañe o realice cualquier acto que altere el funcionamiento de un sistema informático o alguno de sus componentes, se le impondrá una sanción de cinco a quince años de prisión y multa de hasta mil días de salarios mínimos”.

La Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) consideró que este ordenamiento puede constituir una criminalización al uso de la computadora personal o a considerar delito tirarla a la basura.

Fayad afirmó que este artículo hablaba de “actitud dolosa”. “Si la actitud no es dolosa, si tú tiras la computadora, ¿por qué se va a interpretar que cometes esta conducta?”, abundó sin explicar quién determinará el uso “doloso”.

En los artículos 21 al 24 hay una amplia interpretación respecto de lo que puede ser intimidación, hostigamiento y agresión en las redes sociales. Un párrafo de su artículo 21 ordena:

“A quien, a través de medios informáticos acose, hostigue, intimide, agreda o profiera cualquier forma de maltrato físico, verbal o psicológico en contra de usuarios de Internet de forma reiterada y sistemática, se le impondrá una pena de seis meses a dos años de prisión y multa de cincuenta a ochenta días de salario mínimo”.

En muchos sentidos, la #LeyFayad tuvo el descaro de revelar cómo piensa un sector del peñismo y del priismo frente a la nueva dinámica del uso del Internet y, en especial, de las redes sociales, auténtica pesadilla para un telepresidente acostumbrado sólo a la comunicación vertical, unilateral y analógica.

Sin embargo, lo verdaderamente retrógrada no es la hoy extinta #LeyFayad sino otros ordenamientos que, con el pretexto de proteger el comercio internacional, buscan imponer restricciones al uso del Internet.

Es el caso del Acuerdo Transpacífico (TPP, por sus siglas en inglés), negociado en secreto, sin consultar a ninguno de los organismos legislativos de las 11 naciones firmantes, incluyendo a Estados Unidos y México, mucho menos a las organizaciones defensoras de los derechos digitales.

El TPP prevé penalizar a quienes revelen delitos empresariales “a través de sistemas informáticos”. Y con el pretexto de proteger los derechos de autor, el TPP autoriza que proveedores de contenidos puedan eliminar publicaciones o videos en Facebook o YouTube si se recibe una queja formal.

“Es la peor ley de copyright”, han subrayado otras organizaciones como Electronic Frontier Foundation (@EFF), críticas del TPP.


En otras palabras, la amenaza al libre flujo de información y de contenidos en Internet no está en los policías o en los regímenes autoritarios solamente, sino en los acuerdos de libre comercio de reciente generación, a través de los cuales se pretenden conculcar derechos digitales.

FUENTE: PROCESO.
AUTRO: JENARO VILLAMIL.
LINK: http://www.proceso.com.mx/?p=419903

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