viernes, 27 de noviembre de 2015

Se acreditó delito electoral para consignar a Escobar: Fiscalía

Santiago Nieto, titular de la fiscalía especializada, aclaró que desde su punto de vista se acreditaron el cuerpo del delito y la probable responsabilidad del exvocero del PVEM.

Todas las resoluciones de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales se han ajustado al marco normativo y respetando los derechos humanos; en el caso de Arturo Escobar se acreditó el cuerpo del delito y la probable responsabilidad, aseguró Santiago Nieto, titular de la Fepade.

“Desde nuestro punto de vista se habían acreditado ambos elementos (el cuerpo del delito y la probable responsabilidad), se consignó ante el juez y en este momento el órgano jurisdiccional es el que se tiene que pronunciar“, afirmó Nieto, en entrevista con medios al finalizar su participación en el XVII curso interamericano de elecciones y democracia, de acuerdo con La Jornada.

La Fiscalía no puede pronunciarse sobre la manera en que los jueces decidan librar o no la orden de captura en contra del exvocero del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), “hasta en tanto no venga el pronunciamiento respectivo por parte de las instancias jurisdiccionales”, pues “estaría vulnerando una esfera de trabajo, de deliberación, de ejercicio de la independencia judicial”, aclaró.

Precisó, sin referirse en específico al caso de Escobar, que “en ningún momento y en ninguna circunstancia (…) hemos vulnerado disposiciones de caracter normativo y hay información que es pública en virtud de que se trata de asuntos que toman su origen en casos resueltos por el Instituto Nacional Electoral y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación”.

Previamente, el jueves, el vocero del PVEM, Carlos Puente, declaró en conferencia de prensa el jueves 26 que su compañero de partido y exsubsecretario de la Segob tiene derecho a un debido proceso que no ha sido respetado por la Fiscalía.


La Fepade informó en un comunicado de prensa el miércoles 25 que “consignó la averiguación previa relacionada con presuntos delitos electorales cometidos por un dirigente de un partido político y empresarios por las aportaciones en dinero y en especie cuando existe prohibición legal para ello, contemplado en el artículo 15 de la LGMDE (Ley General en Materia de Delitos Electorales). Así como por el diverso contemplado en el artículo 7 Fracción XXI, relativo a proveedores no autorizados por la autoridad administrativa (Instituto Nacional Electoral)”.

FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.
LINK: http://aristeguinoticias.com/2711/mexico/se-acredito-delito-electoral-para-consignar-a-escobar-fiscalia/

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