Son para el consumo de mariguana con fines recreativos y lúdicos en favor de los ciudadanos que amparó la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Falta definir cómo la comprarán, pues esto sigue estando prohibido.
La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitario -que depende de la Secretaría de Salud- emitió este viernes 4 autorizaciones para el consumo de mariguana con fines recreativos y lúdicos, en favor de los ciudadanos amparados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
En un comunicado, la Cofepris indicó:
•Las autorizaciones se limitan estrictamente a actos relacionados con el consumo personal de mariguana, por lo que no permiten actos de comercio o suministro a terceros.
•La autorización específica que el consumo de mariguana no podrá realizarse en presencia de menores, embarazadas o personas que no otorguen su consentimiento.
•Las autorizaciones notificadas el día de hoy se comunicarán al Juzgado 11º de Distrito en Materia Administrativa en el DF, para acreditar el cumplimiento de la sentencia.
Los 4 permisos se dan “en cumplimiento estricto a la sentencia dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación el pasado 4 de noviembre de 2015″.
“De conformidad con el artículo 192 de la Ley de Amparo, las autorizaciones se emitieron en estricto apego a la sentencia y dentro del periodo otorgado por el Juez 11º de Distrito en Materia Administrativa para dar cumplimiento al mandato de la corte”, apuntó la Cofepris.
En este sentido, detalló que los permisos emitidos contemplan lo siguiente:
1.Las autorizaciones son para que los cuatro amparados puedan sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer, transportar y consumir marihuana con fines recreativos.
2.En ningún caso, las autorizaciones comprenden la realización de actos de comercio, suministro o cualquier otro que se refiera a la enajenación y/o distribución de marihuana.
3.Se establece que el consumo de marihuana no debe perjudicar a terceros y, en consecuencia, dicho consumo no puede efectuarse en presencia de menores de edad, mujeres embarazadas y, en general, en lugares públicos donde se encuentren terceros que no hayan brindado su autorización.
4.La vigencia de la autorización se emitió por tiempo indeterminado, conforme a lo dispuesto en el artículo 370 de la Ley General de Salud.
No obstante, la comisión precisó que “de acuerdo a lo estipulado en los artículos 235, 237 y 245 de la Ley General de Salud, la mariguana sigue siendo una sustancia ilegal y su siembra, cultivo, cosecha, transporte, venta y suministro está prohibida y penada por dicha Ley”.
FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.
LINK: http://aristeguinoticias.com/1112/mexico/cofepris-da-4-permisos-para-consumir-mariguana-en-mexico/
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