México, DF. La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es constitucional limitar a un año el pago por salarios caídos por despido injustificado.
En votación dividida (Javier Laynez Potisek y Margarita Luna Ramos votaron en contra), la sala sostuvo que la medida no viola los derechos humanos de los trabajadores.
Al resolver una contradicción de tesis entre tribunales colegiados, la Corte determinó que la reforma al artículo 48, párrafo segundo de la Ley Federal del Trabajo, al limitar a 12 meses máximo el pago de salarios vencidos por despido injustificado en un juicio laboral, no transgrede el principio de progresividad.
Anteriormente, la Ley Federal del Trabajo estipulaba que se tenían que pagar hasta 100 por ciento de salarios caídos por todo el tiempo que duraran los juicios laborales; sin embargo, con la modificación al artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo, ahora únicamente se paga 100 por ciento de los sueldos vencidos del primer año y 2 por ciento mensual capitalizable, o 34 por ciento anual por los demás años que dure el juicio.
Según datos de la Secretaría del Trabajo, el promedio que tienen los juicios laborales de solución es de entre cuatro años ocho meses y cuatros años nueve meses, por lo que la reducción estipulada para el pago de estos salarios va en contra de los trabajadores.
FUENTE: LA JORNADA.
AUTOR: JESÚS ARANDA.
FECHA: 20 ENERO 2016.
LINK: http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2016/01/20/scjn-avala-limitar-a-un-ano-el-pago-de-salarios-caidos-8210.html
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