jueves, 4 de febrero de 2016

El TEPJF exime a TV Azteca de retransmitir 32 mil spots

CIUDAD DE MÉXICO: Por unanimidad, los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinaron revocar el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) que obligaba a TV Azteca reponer 32 mil spots.

El magistrado Manuel González Oropeza elaboró el proyecto que concluyó que el INE debió obligar tres años antes a TV Azteca a reponer los spots que se resistió a trasmitir entre 2008 y 2010.

En su fallo, incluido en el expediente SUP-RAP 815/2015 y acumulados, publicado el pasado 27 de enero, el TEPJF determina que la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales determina que tres años es el plazo jurídicamente razonable para hacer posible la ejecución material de una resolución de un procedimiento sancionador.

Dicha ley prevé ese tiempo de prescripción en caso de que la autoridad electoral omita ejercer sus facultades sancionatorias.


No obstante, en este caso transcurrieron tres años y cuatro meses aproximadamente “en virtud de lo anterior, se considera que la autoridad responsable incurrió en dilación y retardo injustificado”, concluyó el TEPJF.

FUENTE: PROCESO.
AUTOR: REDACCIÓN.
LINK: http://www.proceso.com.mx/428796/el-tepjf-exime-a-tv-azteca-de-retransmitir-32-mil-spots

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