MONTERREY, NL: Un juez penal sentenció a 22 años de prisión por el delito de homicidio calificado a cinco militares que participaron en el asesinato del joven Jorge Otilio Cantú Cantú, la madrugada del 18 de abril del 2011, al sur de esta capital.
El doctor Otilio Cantú González, padre de la víctima, informó esta noche que ya recibió la notificación de la condena dictada el viernes 11 en contra de los elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), adscritos a la Policía Militar: Francisco Pérez Pérez, Rubén García Díaz, José Manuel Dolores Luna, Gaudencio Heraclio Moreno y Roberto Guadalupe Rodríguez Aldama.
Todos ellos permanecerán encerrados en la prisión militar de la Primera Región con sede en la Ciudad de México, hasta que el juez de distrito especializado en ejecuciones de penas en turno les precise el centro de reclusión donde compurgarán la pena impuesta.
Por delito contra la administración de la justicia cometido por servidores públicos, en la modalidad de alterar indicios, vestigios o huellas del hecho delictuoso, recibieron sentencias de cuatro años de prisión los exsoldados Carlos Fidel Flores Ábrego y Roberto de Jesús Mellado.
A éstos se les condenó por “sembrar” un arma a la víctima. No estuvieron en prisión, dijo el doctor Otilio, pues su delito, de acuerdo con la ley, fue menor aunque, según la sentencia, quedaron imposibilitados para regresar al Ejército.
El doctor Otilio informó que la sentencia definitiva del proceso penal 158/2012, fechada en Monterrey, fue por el delito de homicidio calificado con ventaja y alcanzó los 22 años y 6 meses de prisión.
El juez Sexto de lo Penal, Rafael Rodrigo Cruz Ovalle, dictaminó la condena y con ello puso fin a los cuatro años 10 meses y 28 días durante los que la familia de Otilio Cantú Cantú buscó justicia.
“Me parece que es la primera vez que un juez dicta sentencia por homicidio calificado contra elementos del Ejército Mexicano. Al menos nos queda la tranquilidad a mí y a mi familia de que existen jueces todavía con dignidad y honor”, dijo esta noche en un comunicado que difundió.
El día de los hechos, en el cruce de las calles Puerto San Blas y Lázaro Cárdenas, de la colonia Las Brisas, Jorge Otilio se dirigía a su trabajo cuando fue interceptado por cuatro camionetas de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) del estado, que formaban el Grupo Caimán, integrado por 24 militares que hacían trabajo de policía estatal.
Los soldados alegaron que el joven fue confundido con un pistolero y lo acribillaron, por lo que la Procuraduría local abrió la averiguación previa penal 73-2011.11-1. Más tarde fueron arraigados los siete ahora sentenciados.
Inicialmente, el 14 de mayo, la jueza Rosalinda Zapata Leal giró orden de aprehensión por homicidio contra cinco soldados, y por actos contra la justicia contra los otros dos, y el 17 otorgó un auto de formal prisión contra estas mismas personas.
Sin embargo, la jueza declinó la competencia y envió el caso al Tribunal Militar.
La Comisión Estatal de Derechos Humanos también se excusó de dar seguimiento al caso, mediante acuerdo CEDH/077/2011, y lo remitió a la CNDH, que abrió el expediente CNDH/2/2011/4942/Q.
Por esta investigación, la CNDH emitió la recomendación 73/2011.
A lo largo de los años, el caso circuló entre juzgados civiles y militares hasta que fue tomado por el juez Cruz Ovalle, quien determinó la sentencia definitiva.
Al dar conocer la sentencia, el doctor Otilio se dijo conforme, pues “cuando menos hubo un juez que tuvo los huevos para sentenciar por homicidio calificado a los elementos del Ejército. Estoy analizando todo el expediente, pero hasta donde he leído me parece que el juez Cruz Ovalle hizo una sentencia, no con los años que yo hubiera querido, pero al menos tuvo los pantalones para dar esta sentencia”.
AUTOR: LUCIANO CAMPOS GARZA.