Entre 2007 y 2016, el organismo recaudatorio perdonó 882 mil 500 millones de pesos en impuestos, equivalentes a 4.5 por ciento PIB, por lo cual debe informar los montos y motivos.
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Pearsonales (INAI) instruyó al Servicio de Administración Tributaria (SAT) dar a conocer los montos, razones, criterios y personas a quienes se les condonó el pago de adeudos fiscales desde 2007 hasta 2016.
En la sesión de este martes, el pleno resolvió por unanimidad el recurso RRA0178/2016, presentado por el comisionado Óscar Guerra Ford, en el cual un particular solicitó información detallada sobre la condonación de adeudos fiscales, entre el 1 de enero de 2007 y el 14 de mayo de 2016, incluidos nombres de las personas y las razones.
En respuesta, el SAT se limitó a informar genéricamente, que se debía a insolvencia de los deudores y reservó toda la información al argumentar que contiene datos personales.
Al analizar el caso, el comisionado encontró que al contraponer ambos derechos, pesa más el legítimo interés de la ciudadanía por saber cómo y por qué se decidió no cobrar ese dinero, ya que se trata de 882 mil 500 millones de pesos.
Esa cifra equivale, precisó, a 4.5 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB) o bien a la sexta parte del gasto público de 2015, apenas un poco menos que el dinero generado por el sector agropecuario nacional.
En ese sentido, insistió en que la ciudadanía tiene derecho a conocer a quién y por qué se le condonan impuestos, ya que se trata de dinero que no ingresó al erario y habría sido muy útil para atender diversas necesidades.
Resaltó que las nuevas atribuciones del INAI incluyen medidas de apremio, que van desde la amonestación, hasta una multa que oscila entre 150 y mil 500 veces el salario mínimo a funcionarios públicos en particular, por lo que exhortó al SAT acatar la resolución del Instituto.
En coincidencia con lo anterior, las comisionadas Areli Cano Guadiana y Ximena Puente de la Mora consideraron que debe prevalecer el interés general por los recursos públicos, por encima del particular de los datos personales de las personas a quienes el SAT les condona adeudos.
En consecuencia, los comisionados revocaron por unanimidad la respuesta e instruyeron al SAT dar a conocer la información requerida.
FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.
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