Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró válido el artículo 212 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, y con ello el que quienes deseen realizar una manifestación, peregrinaciones, caravanas, desfiles o concentraciones humanas de carácter político, religioso, deportivo, recreativo o social, tengan que dar aviso por escrito a la Secretaría de Seguridad Pública capitalina, con por lo menos 48 horas de anticipación.
Durante la sesión del pleno del máximo tribunal del país, inicialmente se había considerado inválido o inconstitucional, el que quienes quisieran manifestarse tuvieran que avisar a la autoridad y que en la ley se señala que estas manifestaciones se enmarcaran en la frase “perfectamente lícitas”.
Sin embargo, dadas las confusiones que generó la estructuración de los votos particulares de los ministros, se tuvo que realizar un nuevo conteo a partir solamente de si los ministros estaban a favor o en contra del contenido de la legislación.
El ministro presidente de la SCJN, Luis María Aguilar señaló que por mayoría de seis votos a favor del proyecto, consideró que el artículo 212 de la ley de Movilidad es válido constitucionalmente se dio un reconocimiento de validez a la norma.
De esta manera, se deja intocado el artículo 212, en el cual se señala que Seguridad Pública capitalina tendrá la obligación de brindar la facilidades necesarias para la manifestación pública de los grupos o individuos.
Asimismo, que las autoridades “en el ámbito de su competencia deberá informar a la población a través de los medios masivos de comunicación y medios electrónicos, son el desarrollo de manifestaciones actos o circunstancias que alteren de manera momentánea, transitoria o permanente la vialidad.
“Deberá atender alternativas para el tránsito de las personas y/o vehículos”.
Los ministros consideraron que esta norma que señala que quienes deseen manifestarse deben avisar por escrito a Seguridad Pública, por lo menos con 48 horas de anticipación, la realización de una manifestación, caravana o desfile, no tiene sanción alguna para quienes no formulen este aviso a las autoridades.
El ministro Arturo Saldívar advirtió durante su participación que el aviso a las autoridades resultaba inconstitucional y que es “una autorización disfrazada” y también dijo que la frase “perfectamente lícito” era también inconstitucional, pero como su propuesta no alcanzó los votos suficientes, no se declaró inconstitucional la norma en cuestión.
Ministros como Jorge Mario Pardo Rebolledo y Luis María Aguilar Morales, Javier Laynez Potisek y Eduardo Medina Mora consideraron que la norma no presentaba cuestiones de inconstitucionalidad sino que hace una ponderación entre el derecho de reunión y manifestación frente al derecho de la libertad de tránsito de las personas.
FUENTE: LA JORNADA.
AUTOR: GUSTAVO CASTILLO.
LINK: http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2016/08/11/valida-la-corte-que-manifestaciones-se-avisen-a-ssp-capitalina
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