CIUDAD DE MÉXICO: Las condiciones de sobrepoblación, hacinamiento, autogobierno, inadecuada clasificación e insuficiencia de personal técnico y de seguridad y custodia en el penal Topo Chico derivaron en lo hechos de violencia entre líderes de grupos antagónicos el 11 de febrero y 1 de junio pasados, en que perdieron la vida 52 reos, concluyó la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
Por ello, mediante una recomendación dirigida al gobernador de Nuevo León, Jaime Rodríguez Calderón, El Bronco, pidió que se atiendan las deficiencias detectadas durante su investigación y “se desarrolle una estrategia penitenciaria “que favorezca el pleno respeto de los derechos humanos y prevenga su vulneración”.
En un comunicado, el organismo refirió que confirmó que la falta de disciplina e inadecuadas condiciones de habitabilidad del lugar vulneraron los derechos humanos a la vida, a la integridad personal, al trato digno, a la seguridad jurídica y a la reinserción social de los internos.
Las condiciones en las que se encuentra y opera el penal, subrayó, “obstaculizan el acceso a los medios para una reinserción social efectiva e impiden que se privilegie y resguarde el orden y tranquilidad al interior del centro penitenciario”.
Además de las deficiencias señaladas, abundó la CNDH, en Topo Chico existen privilegios, objetos y sustancias prohibidas, condiciones inadecuadas para las hijas e hijos de las internas, ausencia de protocolos para la prevención, manejo y control de riñas, motines y otros hechos violentos que “impiden garantizar la vida e integridad física de los internos, una estancia digna, la gobernabilidad y el acceso a los medios para una reinserción social efectiva”.
Al encargarse de la custodia de los internos, indicó, la autoridad penitenciaria asume la calidad de garante de los derechos humanos de la población en reclusión y está obligada a preservar todos aquellos derechos que la disposición judicial no ha restringido.
“Quienes se encuentran en los penales sujetos a un régimen jurídico particular, tal sometimiento o especial sujeción no justifica detrimento o menoscabo alguno de sus derechos”, señaló el organismo.
Un sistema penitenciario estable, consideró, debe integrar el control y la justicia como parte de la obligación de la autoridad para evitar que el orden colapse, procurando un trato equitativo y respetuoso de los derechos humanos, tendentes a lograr una reinserción social efectiva.
Esas omisiones, negligencias y carencias, siguió, son premisas para la aparición de grupos de poder, que imponen reglas a la vida carcelaria, originando el autogobierno, con lo que la convivencia se torna “intolerable”, genera goce de privilegios, actos de extorsión y corrupción que dan lugar a disturbios en los centros penitenciarios.
El primer motín ocurrió el 11 de febrero, cuando fallecieron 49 internos y 34 más resultaron con lesiones. El segundo ocurrió el 1 de junio en que tres internos perdieron la vida y 21 más resultaron heridos.
En ambos casos, visitadores de la CNDH realizaron recorridos por el penal, entrevistaron a internos, entre ellos los lesionados, así como a empleados y se percataron de la carencia de personal y la persistencia de inadecuadas condiciones de habitabilidad.
Los visitadores también acudieron al Hospital Civil de la Universidad Autónoma de Nuevo León y a la Procuraduría General de Justicia de la entidad, donde entrevistó a internos hospitalizados, revisó expedientes clínicos, la carpeta de investigación y acudió al Servicio Médico Forense.
Tras emitir medidas cautelares para la Secretaría de Seguridad Pública estatal y el Órgano Administrativo Desconcentrado, Prevención y Readaptación Social, para salvaguardar la integridad física de la población interna y de servidores públicos detenidos, el 6 de junio la CNDH inició queja de oficio ejerció su facultad de atracción para continuar con la investigación.
La CNDH confirmó que el personal de custodia no fue suficiente en número y capacidad para garantizar la seguridad entre la población penitenciaria. En el primer motín, el centro contaba con 49 elementos en servicio para una población de tres mil 984 internos (tres mil 504 hombres y 480 mujeres). Para marzo reportó una plantilla de 310 agentes, divididos en tres turnos, y para el segundo motín la población era de tres mil 610 personas (tres mil 185 hombres y 425 mujeres).
En el caso específico de las mujeres, detectó que no cuentan con espacios de reclusión exclusivos para ellas, por lo que no hay control en la convivencia por parte de la autoridad penitenciaria.
Las internas, detalló están en desventaja al ser alojadas en locales improvisados, precarios e inapropiados para ellas y sus hijas e hijos, viven en riesgo permanente de violencia y “en clara violación a una efectiva reinserción social”.
Recomendaciones
En su recomendación, la CNDH solicita al gobernador de Nuevo León implementar un programa integral de estrategias y acciones que permitan, funcional, material y presupuestalmente consolidar un sistema penitenciario respetuoso de los derechos humanos en la entidad, que fortalezca las condiciones de operatividad y elimine factores de riesgo como sobrepoblación, hacinamiento y autogobierno.
También le pidió brindar atención tanatológica y psicológica a los familiares de los internos fallecidos en los hechos del 11 de febrero y 1 de julio de este año; que mientras se cuente con un nuevo centro de reclusión, se asignen recursos presupuestales, materiales y humanos para garantizar a los internos de Topo Chico una estancia digna y segura.
Asimismo, que las autoridades penitenciarias recobren el control total y la gobernabilidad en Topo Chico, que se realice la clasificación penitenciaria con base en los criterios establecidos en la normatividad nacional y en instrumentos internacionales, y que se atienda bajo una perspectiva de género a las mujeres presas y a sus hijos, “privilegiando el interés superior de la niñez”, mediante la construcción, ampliación y/o remodelación de un centro exclusivo para ellas.
La CNDH recomendó además dotar a Topo Chico de equipo y tecnología para la detección de sustancias y objetos prohibidos, asignar personal de seguridad y custodia en número suficiente y capacitado en derechos humanos y control de disturbios, riñas, motines y otros hechos violentos al interior del centro.
Rodríguez Calderón deberá instruir a quien corresponda para que en un término no mayor a seis meses, en el ámbito de sus facultades y atribuciones, se determine la responsabilidad administrativa de las autoridades encargadas del penal.
Finalmente la CNDH pidió al gobernador colaborar ampliamente con el organismo en el inicio de las quejas que promueva ante el Órgano Interno de Control, y la Contraloría y Transparencia Gubernamental de Nuevo León, para que en el marco de sus atribuciones investiguen la actuación de las autoridades penitenciarias.
FUENTE: PROCESO.
AUTOR: REDACCIÓN.
LINK: http://www.proceso.com.mx/465718/cndh-emite-recomendacion-a-bronco-matanza-en-topo-chico
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