CIUDAD DE MÉXICO: El gobierno federal –tanto el poder Ejecutivo como el Legislativo– diseñó un complejo Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) ante los múltiples y graves escándalos de corrupción y conflictos de interés que involucran hasta al presidente Enrique Peña Nieto, prominentes miembros de su gabinete y una interminable lista de gobernadores y exgobernadores, implicados en tramas para apropiarse de los recursos estatales.
El 18 de julio pasado, Peña Nieto promulgó la legislación que le da vida a dicho sistema. En ese acto pidió disculpas a los mexicanos por la indignación que desató la llamada Casa Blanca: “No obstante que me conduje conforme a la ley, este error (…) lastimó la investidura presidencial y dañó la confianza en el gobierno”.
Pero el mayor problema es que el presidente y sus legisladores lograron minar todos y cada uno de los subsistemas que componen el SNA para asegurar su fracaso y, por lo tanto, garantizar su inmunidad.
Promulgaron una Ley de General de Transparencia y Acceso a la Información Pública que fue catalogada en septiembre pasado por el Centro para la Ley y la Democracia como “la mejor ley del mundo” en la materia… pero se aseguraron de conformar un órgano de gobierno del Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI) que fuera “cómodo, manejable y tolerable” (Proceso 1957) para las autoridades y sus socios.
Quienes pergeñaron el sistema “soltaron” la presidencia del Comité Coordinador del SNA, pero se aseguraron de conservar el poder al rodearlo de funcionarios públicos que, aunque sujetos a procesos de designación legislativa, resultan controlables y leales: allí estarán el presidente del INAI; la titular de la Secretaría de la Función Pública, Arely Gómez, priista y fiel servidora del presidente; el titular de la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción, que será designado por el fiscal general, Raúl Cervantes, priista, primo del consejero jurídico de la Presidencia y abogado de Peña Nieto cuando fue candidato presidencial.
Y, desde luego, también se cuidaron muy bien de limitar las atribuciones del Comité de Participación Ciudadana. Así honraron la palabra presidencial de promulgar la normatividad necesaria, pero se aseguraron de que el SNA “no cumplirá con los objetivos establecidos formalmente en las exposiciones de motivos de las iniciativas y dictámenes respectivos y, por ende, no reducirá ni la corrupción ni la impunidad” (Proceso 2068).
Para ponerle el último clavo al ataúd del SNA, se disponen a aprobar una Ley General de Archivos que, entre otras cosas, deja el control del Consejo Nacional de Archivos a la Secretaría de Gobernación, la valoración de los documentos a los mismos sujetos obligados, y no establece límites temporales para la caducidad de la divulgación de los datos personales ni para las transferencias de los documentos a los archivos históricos.
Estos “detalles” pueden provocar que, con criterios estrictamente políticos, se decida qué documentos destruir y cuáles conservar, y censurar la información de los que elijan almacenar, pues con el pretexto de la protección de datos personales podrán testar nombres y demás datos que se consideren personales, o simplemente dificultar su consulta al mantenerlos indefinidamente en los llamados archivos de concentración.
Con el proyecto de ley que se debate en el Senado el Archivo General de la Nación podrá continuar censurando los documentos de la Dirección Federal de Seguridad, que dan cuenta de las atrocidades cometidas por dicha dependencia y el gobierno federal durante la Guerra Sucia. Se podría llegar a la aberración de que no se pudieran conocer los datos personales de los héroes de la Independencia y la Revolución.
Pero, desde luego, lo más importante es que el SNA resulte totalmente nugatorio ante la ausencia o censura de los documentos que permitan identificar, tipificar y sancionar las irregularidades y los delitos de los servidores públicos.
Así que aunque hoy la normativa obliga a las autoridades a documentar todos los actos y decisiones realizados en el cumplimiento de sus atribuciones, ahora podrán desaparecer o censurar dichos documentos, con lo cual la primera disposición pierde todo sentido. No habrá evidencias que permitan establecer las responsabilidades y, por ende, sancionarlas.
La legislación en materia de archivos es crucial, porque es el punto de partida de cualquier sistema de rendición de cuentas; es el insumo indispensable para los otros dos subsistemas: de acceso a la información y de combate a la corrupción. Si hay una buena legislación y un buen sistema en materia de archivos, las debilidades y carencias de los otros dos subsistemas pueden corregirse en el futuro, habrá materia prima para reconstruir la historia y, posiblemente (si todavía no han prescrito), sancionar los delitos, desviaciones y atropellos de los servidores públicos.
Y al contrario: pueden tenerse los mejores subsistemas de transparencia y rendición de cuentas, pero sin archivos serán inútiles, pues no habrá materia prima para trabajar. La ausencia de documentos y evidencias que permitan reconstruir la historia hace totalmente inservible el resto de la estructura.
Precisamente por ello no es sorpresivo que el actual gobierno haya dirigido sus peores misiles contra este subsistema. Aquí no hay concesiones: no es una buena legislación con una mala aplicación. Es la elaboración de una legislación a modo, el control absoluto de la estructura y, desde luego, de su instauración. Aprovechando que el tema no es tan sugerente como la transparencia y el combate a la corrupción, dejaron atrás las simulaciones y revelaron sus intenciones: dinamitar el sistema.
FUENTE: PROCESO.
AUTOR: JESÚS CANTÚ.
LINK: http://www.proceso.com.mx/464859/ley-archivos-disenada-la-impunidad
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