En materia de protección a las mujeres contra la violencia de género, aún queda trabajo legislativo por realizar, a pesar de que ha habido “avances” normativos encaminados a la erradicación del problema, señaló la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
Referente a esto, indicó que las normas vigentes en las entidades del país no existe una homogeneidad en los términos que se emplean para referirse a las circunstancias y ámbitos de desarrollo personal de la mujer que se ven afectados por la violencia.
La CNDH identificó 18 tipos de violencia contra las mujeres regulados en las legislaciones de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, entre los que se encuentran la sexual, psicológica o psicoemocional, física, patrimonial, económica, familiar o doméstica, laboral, docente o escolar, violencia feminicida, obstétrica, de pareja o en el noviazgo, y política, entre otras, de acuerdo con el Diagnóstico de la violencia contra las mujeres a partir de las leyes federales y de las entidades federativas.
El Estudio analiza los tipos y modalidades de violencia que afectan los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, los que afectan el ámbito de las relaciones de pareja o en el ámbito familiar; las acciones cometidas en el ámbito público, la violencia feminicida y su procedimiento específico para atenderla, así como algunos tipos y modalidades emergentes en las legislaciones, como la violencia mediática y la moral.
Además, la CNDH destacó que la violencia feminicida representa la manifestación más extrema que se puede presentar como violencia de género en contra de las mujeres. “La violencia feminicida no puede ser comprendida como un hecho aislado, sino como el resultado de una serie de actos en los que la mujer ha vivido sistemáticamente violencia y que culmina con la pérdida de la vida, ya sea a través del homicidio o por inducción al suicidio”, señala.
Por otra parte, indicó que no es suficiente con que se creen leyes para la erradicación de la violencia de género, pues éstas no tienen sentido si no se difunde su existencia a través de los medios adecuados para visibilizar las implicaciones del ejercicio de la violencia contra las mujeres.
FUENTE: DESINFORMÉMONOS.
AUTOR: REDACCIÓN.
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