En 2015 el Inai negó ordenar a la PGR que diera a conocer nombres de las víctimas contenidos en averiguaciones previas sobre los años 70 y 80.
Los nombres de las víctimas de desaparición forzada durante la Guerra Sucia deberán ser públicos, pues la Suprema Corte de Justicia de la Nación amparó a un particular para que el Instituto Nacional de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (INAI) ordene a la Procuraduría General de la República (PGR) que dé a conocer dichas identidades.
“La información requerida no está sujeta a reservas de confidencialidad, en tanto que la misma se refiere a la investigación de delitos constitutivos de graves violaciones a los derechos humanos, como lo es la desaparición forzada”, planteó el proyecto votado por los ministros que integran la Segunda Sala.
Los magistrados votaron a favor de actualizar la excepción prevista en el artículo 14 de la abrogada Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en la que las averiguaciones previas se consideran como información reservada.
De acuerdo con un comunicado, la misma ley también establecía que “no podrá invocarse el carácter de reservado cuando se trate de la investigación de violaciones graves de derechos fundamentales o delitos de lesa humanidad”.
En una resolución emitida en mayo de 2015, el INAI negó ordenar el acceso a los nombres de los desaparecidos ligados con movimientos sociales y políticos de las décadas de los setenta y ochenta.
No obstante, en este caso el máximo tribunal del país decidió actualizar la excepción referida a la difusión de nombres que integran una averiguación previa, debido a que se relacionan “con cuestiones de orden público e interés social que impactan a la sociedad en su conjunto”.
FUENTE: ARISTEGUI NOTICIAS.
AUTOR: REDACCIÓN.
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